REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
CORTE DE APELACIONES
Maracay, siete (07) de noviembre del año dos mil dos (2002)
192° y 143°
JUEZ PONENTE: DR. ALEJANDRO PERILLO SILVA
CAUSA 1Aa-3415/02
Dec. N° 561
Vista la INHIBICIÓN inserta en autos, suscrita por el Ab. ALFREDO GERMÁN BAPTISTA OVIEDO, Juez 4o de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, donde manifiesta que se Inhibe de conocer la causa signada con el N° 4u-262-02 (Nomenclatura de ese Juzgado de Juicio), seguida a JOSÉ GERARDO GUARISMA ÁLVAREZ y XIOMARA HENRÍQUEZ DE GUERRA, por cuanto alega, entre otras cosas:
“…el suscrito juez se encuentra incurso en una de las causales de inhibición previstas en el artículo 86 ordinales 4o y 8o del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto...me desempeñé como Coordinador de Post-Grado....y posteriormente...labore para la Universidad Bicentenaria de Aragua....-Ahora bien durante dicho lapso, además de las relaciones contractuales y académicas se desarrollo entre mi persona y la persona del Doctor JOSE GERARDO GUARISMA ALVAREZ, (hoy, Rector de la Universidad Bicentenaria de Aragua); una amistad manifiesta...-situación ésta que puede afectar mi imparcialidad al momento de tomar una decisión en lo futuro en la presenta causa, por esa razón lo que concluyo y lomas sano es proceder a INHIBIRME de conocer esta causa, basándome para ello en el contenido del artículo 86 ordinales 4o y 8o...en concordancia con el artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal penal y de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en concordancia con el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal. Fórmese Cuaderno Separado, el cual se formara con las copias correspondientes de la causa y de las cuales se desprende la causal por la cual se inhibe quien suscribe, ...envíese a la Corte de Apelaciones,...remítase la causa principal a la Oficina de Alguacilazgo, a los fines de que se distribuya a otro Juez de Juicio. Cúmplase"
Ahora bien, esta Corte de Apelaciones a los fines de emitir su pronunciamiento en lo que respecta a la inhibición expresada por el Juez Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Ab. ALFREDO GERMÁN BAPTISTA OVIEDO, observa que en efecto, dicho Juez tiene motivos suficientes que podrían afectar su imparcialidad al momento de tomar alguna decisión en el presente caso, ya que el mismo mantiene una amistad manifiesta con el ciudadano JOSÉ GERARDO GUARISMA ÁLVAREZ, a quien se le sigue juicio en esta causa, es por lo que el mencionado Juez, se encuentra incurso en la causal de inhibición prevista en el artículo 86 ordinales 4o y 8o del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se ADMITE Y DECLARA CON LUGAR, la inhibición expresada por dicho Juez, por estar fundada en causal legal. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley ADMITE Y DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN expresada por el Ab. ALFREDO GERMÁN BAPTISTA OVIEDO, Juez Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, con fundamento en el artículo 86 ordinales 4° y 8° en concordancia con el 87 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión del presente Cuaderno Separado al mencionado Juzgado.
Regístrese, déjese copia y remítase.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA
FABIOLA COLMENAREZ
EL MAGISTRADO
JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
EL MAGISTRADO PONENTE
ALEJANDRO JOSÉ PERILLO SILVA
LA SECRETARIA
DORITA DE FREITAS VIEIRA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se remitió la causa constante de treinta y ocho (38) folios útiles, anexo a oficio Nº 1279.
LA SECRETARIA
DORITA DE FREITAS VIEIRA
FC/Tibaire
Causa 1Aa-3415-02