REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 07 de abril de 2003
192° y 144°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el abogado JOSÉ VICENTE CASIQUE SÁNCHEZ inscríto en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 64.145, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EHIRA MARGARITA ROJAS CELIS, contra el INSTITUTO PARA LA DEFENSA y EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR y DEL USUARIO (INDECU), este Juzgado observa que:
En el caso de autos, la causa se paraliza desde el día catorce (14) de enero de mil novecientos noventa y ocho (1.998), fecha de la admisión del recurso, y no se realizó ninguna actuación procesal hasta el día veintinueve (29) de enero de dos mil dos (2002) fecha en que el extinto Tribunal de la Carrera Administrativa ordena remitir e! expediente al Tribunal en Pleno. Se evidencia de esta manera que transcurrió un lapso superior a un año y un día, sin que las partes comparecieran ni por sí ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia, este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, e! al1iculo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por !a ciudadana EHIRA MARGARITA ROJAS CELIS, titular de la cédula de identidad 8.781.222 contra el INSTlTUTO PARA LA DEFENSA y EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR y DEL USUARIO (INDECU). Notifíquese a las partes, líbrese boleta y oficio.
El Juez Temporal
EDWIN ROMERO
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 16.843/agg
En esta misma fecha, siendo las (2:00 PM), se registró y publicó la anterior decisión bajo el N° : 157-2003.
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
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