REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: DIECIOCHO (18) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-

193° Y 144°.-


Por recibido Despacho, contentivo de la Comisión, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del Juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA seguido por: BALMORES YSAIAS CONTRERAS RIERA, contra el Ciudadano: JUAN GARCIA FEHR, en la cual se decretó medida de Embargo Ejecutivo. Désele entrada en el Libro de Comisiones llevado por el Tribunal en el presente año quedando registrado bajo el Nro. 133-03. El Tribunal Ejecutor, fijará la medida una vez que sea solicitado por el Abogado de la parte actora. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-

En esta misma fecha, quedó registrado en el Libro bajo el Nro. 133-03.-

La Secretaria Temporal.-


Adriana A. de García.-


ECGB/at.-
Com.133-03.-
Exp. 18.648-03.-



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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: DIECIOCHO (18) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-
193° y 144°.-



Con motivo de la entrada en vigencia de la nueva Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial en fecha: 30 de Diciembre de 1.999, bajo el Nro. 36860, la cual exonera del pago Arancelario, conforme a lo establecido en el Artículo 254 de la Constitución. En tal sentido, éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de hacer ningún tipo de cobro Arancelario que pudieran generar las actuaciones de la presente Comisión signada bajo el Nro. 133-03.- Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal

Adriana A. de García




ECGB/at.-
Com. 133-03.-
Exp. 18.648-03.-







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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: TRECE (13) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004)

193° Y 144°.-


Vista la diligencia presentada por la Abogado: VANESSA ERTEL D’SOLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 66.508, quien solicita a este Tribunal se fije oportunidad para la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo, en contra del Ciudadano: JUAN GARCIA FEHR, decretada por el Juzgado de la Causa, asimismo consigna en 34 folios útiles Copias Certificadas de los Inmuebles que aparecen descritos en dichas Copias, éste Tribunal Ejecutor de Medidas le da entrada, ordena agregar a sus autos y fija el traslado para el día: 15-01-2003, a las 11: 00 a.m., jurada la urgencia del caso se habilita el tiempo necesario y se acuerda librar Oficio al Comando Policial del Municipio Tovar del Estado Aragua, trasládese y constitúyase este Tribunal en el sitio señalado por la parte actora.- Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
La Secretaria Temporal

Adriana Azuaje.-

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

La Secretaria Temporal

Adriana Azuaje.-


ECGB/rdd
Com. 133-03.-



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

El Consejo: 15 de Enero de 2004.-

193° y 144°.-

N° 09
Ciudadano:
Comandante de la Zona Policial del
Municipio Tovar del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-



Me dirijo a Ud., en la oportunidad de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de que se sirva prestar dos (02) funcionarios Policiales, para que resguarden la integridad física del personal de éste Despacho, el cual deberá trasladarse a la siguiente dirección: Centro Comercial San Martín de Tours, sótano 1 Apartamento Sin número, ubicado en dicho sótano, Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, con el objeto de ejecutar la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la cual fue fijada para el día: 15-01-2003.-

Solicitud que le hago, a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación.-

DRA EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
LA JUEZA.-




ECGB/ rdd
Com. 133-03.-



En el día de hoy, Quince (15) de Enero de Dos Mil Cuatro (2004) , siendo las 2:00 horas de la tarde, previa habilitación del tiempo necesario, se traslado y constituyo el juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: Centro Comercial San Martín de Tours, sótano 1 Apartamento sin número, ubicado en dicho sótano Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, en compañía de la Abogado Vanessa Ertl D’ Sola, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.227.382, inscrita en el Inpreabogado N° 66.508, en su carácter de Endosataria Legítima a titulo de Procuración del efecto cambiario de la demanda del Ciudadano: BALMORES YSAIAS CONTRERAS RIERA, con el objeto de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Tribunal de la causa, sobre el inmueble a cuyas puertas el tribunal se encuentra constituido, señalado por la endosataria en Procuración en diligencia en fecha: 13-01-2004, para ser embargado Ejecutivamente en el Juicio que por cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) intentó la Abogada Vanessa Ertl D’ Sola, en su carácter de Endosataria Legítima a titulo de Procuración del efecto cambiario objeto de la demanda del Ciudadano: BALMORES YSAIAS CONTRERAS RIERA contra: JUAN GARCÍA FEHR, por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Tribunal deja constancia que se encuentran presentes en este acto los Ciudadanos: Tomás Reinaldo Delgado Díaz, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 8.685.203, en su carácter de Perito Avaluador y Nelson Jesús Tavio Arrivallaga, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 3.433.646, en su carácter de Representante de la Depositaria Judicial la Nacional C.A., quienes una vez que aceptaron sus cargos fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. Presentes en dicho inmueble una persona que dijo ser y llamarse: HOLQUIN VARGAS JUAN FRANKLIN, mayor de edad, de nacionalidad Extranjero, natural de Perú, titular de la cédula de identidad Nro. E- 82.106.636, quien se identifica como arrendatario del inmueble objeto de la medida de Embargo Ejecutivo propiedad del demandado Juan García Fehr, a quién el Tribunal notificó de su misión, y quién permitió el acceso al inmueble donde el Tribunal se encuentra constituido. En este estado la Endosataria Legítima a Título de Procuración Expone: “Ratifico lo señalado en diligencia de fecha: 13-01-2004, en el sentido de que se sirva Embargar Ejecutivamente al Inmueble donde el Tribunal se encuentra constituido. En este estado el Tribunal Ejecutor vista la anterior exposición acuerda de conformidad y Declara Embargado Ejecutivamente el inmueble constituido por un Apartamento ubicado en la siguiente dirección: Centro Comercial San Martín de Tours, sótano 1 sótano Colonia Tovar, Municipio Tovar del Estado Aragua, el cual tiene un área aproximada Ciento Trece Metros Cuadrados con Noventa decímetros Cuadrados (113.90 mts2), consta de un salón Stor, las baños interiores, una habitación con closet y cocina, lindado al Norte con pared Norte del edificio, al Sur, Fachada Sur del Edificio, Sur/Oeste, Fachada del edificio y Este Fachada Este del Edificio. A dicho apartamento le corresponde un porcentaje de condominio de Catorce enteros con Sesenta Centésimas (14,60%), y lo pone en posesión de la Depositaria Judicial la Nacional, C.A., en la persona de su representante Nelson Jesús Tavio Arrivallaga, quien lo recibe en este acto en regular estado de conservación y mantenimiento y el cual posee un valor aproximado de treinta Millones de Bolívares (Bs. 30.000.000,00) a juicio del Perito Avaluador designado. En este acto la Endosataria en procuración Expone: por cuanto en el interior del inmueble se encuentra el ciudadano HOLQUIN VARGAS JUAN FRANKLIN, arriba identificado en su carácter de arrendatario de dicho inmueble solicito al Tribunal Ejecutor deje dicho inmueble bajo la guardia y custodia del Notificado. En este acto el Tribunal Ejecutor vista la anterior exposición, acuerda de conformidad y deja el inmueble Embargado Ejecutivamente bajo la guardia y custodia del notificado a quien le señala las obligaciones civiles y penales, que dicha guarda y custodia conlleva. En este estado la endosataria en procuración expone: “por cuanto el inmueble embargado en este acto no cubre el monto decretado por el Tribunal de la causa, solicito al Tribunal Ejecutor se traslade a un inmueble constituido por un terreno ubicado en la Colonia Tovar Municipio Tovar del Estado Aragua, el cual posee una superficie de Mil Cuatrocientos Ochenta Metros Cuadrados (1480 mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: En Cincuenta y un metros con Treinta Centímetros (51,30 mts) con terrenos que son o fueron del señor Eduviges Gerig Muttach; Sur: En Veintisiete Metros con Veinte centímetros (27,20 mts) con Carretera Pública; Este: En Treinta y ocho metros con Treinta Céntimos (38,30 mts) con Quebrada en medio y terrenos que son o fueron de Luis Schmuk; y por el Oeste: En Treinta y dos metros con cuarenta Centímetros (32,40 mts) con terrenos de Pedro Fehr Gerig. En este estado el Tribunal Ejecutor oída la anterior exposición acuerda de conformidad y ordena el traslado al inmueble arriba identificado, con el objeto de continuar el Embargo Ejecutivo decretado por el Tribunal de la causa y habiendo concluido parcialmente su misión declara terminado el acto siendo las 3:30 de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó u estando conformes firman.
La Jueza
Dra. Emma Constanza García Bello.-
C.I. 3.720.889

El Notificado

La Endosataria En Procuración

El Perito

El Depositario

La Secretaria Temporal.









En el día de hoy, quince (15) de Enero de Dos Mil Cuatro (2004), siendo las 3:40 de la tarde, previa habilitación del tiempo necesario, se traslado y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: inmueble constituido por un terreno ubicado en la Colonia Tovar Municipio Tovar del Estado Aragua, el cual tiene una superficie de mil cuatrocientos ochenta metros cuadrados (1480 mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas NORTE: En cincuenta y un metros con treinta centímetros (51,30 mts), con terrenos que son o fueron del señor Eduviges Gerig Muttang; SUR: En veintisiete Metros con Veinte Centímetros (27,20 mts), con carretera Pública; ESTE : En treinta y ocho Metros con treinta centímetros (38,30 mts) con quebrada en medio y terrenos que son o fueron de Luis Schmuk; y por OESTE: En treinta y Dos Metros con cuarenta centímetros (32,40 mts) con terreno de Pedro Fehr. Gerig, en compañía de la Abogada VANESSA ERTL D’SOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.227.382, inscrita en el Inpreabogado Nro. 66508, en su carácter de Endosatario Legítimo a titulo de Procuración del efecto cambiario de la Demanda del Ciudadano BALMORES ISAIAS CONTRERAS RIERA, con el objeto de continuar con la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado de la Causa, sobre el inmueble a cuyas puertas el Tribunal se encuentra constituido, señalado por la Endosataria en Procuración en el acta de fecha: 15-1-2004, que corre inserta al folio para ser Embargado Ejecutivamente en el Juicio que por cobro de Bolívares Vía Intimatoria intentó contra: JUAN GARCIA FEHR, por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Tribunal deja constancia que se encuentran presentes en este acto los ciudadanos: Tomas Reinaldo Delgado, mayor de edad, venezolano, Titular de la cédula de Identidad Nro. 8.685.203, en su carácter de Perito Avaluador y Nelson J. Tavio Arrivillaga, mayor de edad, venezolano, Titular de la cédula de Identidad Nro. 3.433.646, en su carácter de Representante de la Depositaria la Nacional, C.A., quienes una vez que aceptaron sus cargos fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. En este estado el Tribunal Ejecutor deja constancia que el terreno donde se encuentra constituido se encuentra libre de Bienechurías Bienes Muebles y personas. En este estado la Endosataria en Procuración expone: “Solicito al Tribunal Ejecutor embargue Ejecutivamente el inmueble arriba descrito”. El Tribunal Ejecutor oída la anterior exposición acuerda de conformidad y Declara Embargado Ejecutivamente el inmueble arriba descrito, constituido por un lote de terreno ubicado en la Colonia Tovar, Municipio Tovar del Distrito Ricaurte del Estado Aragua, con una superficie de Mil cuatrocientos ochenta metros cuadrados (1480 mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas NORTE: En cincuenta y un metros con treinta centímetros (51,30 mts), con terrenos que son o fueron del señor Eduviges Gerig Muttang; SUR: En veintisiete Metros con Veinte Centímetros (27,20 mts), con carretera Pública; ESTE: En treinta y ocho Metros con treinta centímetros (38,30 mts) con quebrada en medio y terrenos que son o fueron de Luis Schmuk; y por OESTE: En treinta y Dos Metros con cuarenta centímetros (32,40 mts) con terreno de Pedro Fehr Gerig, y deja constancia que se encuentra libre de bienes y personas, y lo pone en posesión del Ciudadano: Nelson Jesús Tavío Arrivillaga, en su carácter de representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A., quien lo recibe, el cual tiene un valor aproximado a juicio del Perito Avaluador designado de DOCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.12.000.000,oo). En este estado el Tribunal Ejecutor habiendo cumplido parcialmente su misión da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 7:00 PM. Es todo Terminó, se leyó y estando conformes firman.
La Jueza
Dra. Emma Constanza García Bello.
C.I. 3.720.889

La Endosataria En Procuración


El Perito Avaluador


El Depositario


La Secretaria Temporal.-




















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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: CUATRO (04) DE FEBRERO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-

Mediante el presente auto, éste Tribunal Ejecutor de Medidas, acuerda oficiar al Registrador Subalterno de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Participándole que en fecha: 15-01-2004, se practicó Medidas de Embargo Ejecutivo, sobre inmuebles propiedad del Ciudadano: JUAN GARCIA FEHR, ubicados el primero, en el Centro Comercial San Martín de Tours, Sótano 1, Apartamento S/N, ubicado en dicho sótano Colonia Tovar y el segundo, en inmueble constituido por un terreno ubicado en la Colonia Tovar Municipio Tovar del Estado Aragua, para que sea tomada la debida nota. Asimismo se ordena devolver la presente Comisión debidamente cumplida al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.- CUMPLASE CON LO ORDENADO.-
LA JUEZA.-

DRA EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-

ECGB/adeg.-
Com.133-03.-




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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
El Consejo: 04 de Febrero de 2004.-

193° y 144°.-
N° 48
Ciudadano:
Registrador Subalterno de los Municipios José Félix Ribas,
José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar.-
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Ud., en la oportunidad de participarle, que con motivo del juicio de Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) incoado por Abg. Vanesa Ertl D’Sola, Endosatario en Procuración legítimo del Ciudadano: Balmores Isaías Contreras Riera, contra: Juan García Fehr, en la cual el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, decretó Medida de Embargo Ejecutivo, donde este Tribunal actúa por comisión, se ejecutó Medida de Embargo Ejecutivo, en fecha: 15-01-2004, en un inmueble ubicado en Centro Comercial San Martín de Tours, Sótano 1, Colonia Tovar Municipio Tovar del Estado Aragua, el cual tiene un área aproximada de Ciento Trece metros cuadrados con Noventa decímetros Cuadrados (113,90 Mt2), consta de un salón Stor, los baños interiores una habitación con closet y cocina, lindado al NORTE, con pared Norte de edificio, al SUR fachada Sur del edificio, SUR/OESTE, fachada de edificio y ESTE, fachada Este del edificio. A dicho apartamento le corresponde un porcentaje de condominio de catorce enteros con sesenta centésimas (14,60 %), propiedad del demandado Juan García Fehr.

Participación que se le hace, a fin de que se abstenga de registrar toda escritura que verse sobre gravámenes o enajenación del inmueble embargado ejecutivamente.

Dios y Federación.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
LA JUEZA.-

ECGB/at.-
Com. 133-03
Exp. 18.648-03


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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

El Consejo: 04 de Febrero de 2004.-

193° y 144°.-
N° 49
Ciudadano:
Registrador Subalterno de los Municipios José Félix Ribas,
José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar.-
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Ud., en la oportunidad de participarle, que con motivo del juicio de Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) incoado por Abg. Vanesa Ertl D’Sola, Endosatario en Procuración legítimo del Ciudadano: Balmores Isaías Contreras Riera, contra: Juan García Fehr, en la cual el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, decretó Medida de Embargo Ejecutivo, donde este Tribunal actúa por comisión, se ejecuto Medida de Embargo Ejecutivo, en fecha: 15-01-2004, en un inmueble constituido por un terreno ubicado en la Colonia Tovar Municipio Tovar del Estado Aragua, el cual tiene una superficie de mil cuatrocientos Ochenta metros cuadrados (1480 mts2) comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas NORTE: en cincuenta y un metros con treinta Centímetros (51,30 mts), con terrenos que son o fueron del señor Eduviges Gerig Mustang; SUR: en veinte y siete metros con veinte centímetros (27,20 mts), con carretera pública, ESTE: en treinta y ocho metros con treinta centímetros (38,30 mts), con quebrada en medio y terrenos que son o fueron de Luis Schumuk; y por el OESTE: en treinta y dos metros con cuarenta centímetros (32,40 mts), con terreno de Pedro Fehr Gerig, propiedad del demandado: Juan García Fehr.
Participación que se le hace, a fin de que abstenga de registrar toda escritura que verse sobre gravámenes o enajenación del inmueble embragado ejecutivamente.

Dios y Federación.-

DRA. EMMA CONSTAZA GARCIA BELLO.-
LA JUEZA.-
ECGB/at.-
Com. 133-03
Exp. 18.648-03

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

El Consejo: 04 de Febrero de 2004.-

193° Y 144°
N° 50
Ciudadano:
Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-

Anexo al presente Oficio, me permito remitirle a Ud., Comisión signada bajo el Nro. 133-03, Exp: (18.648-03) debidamente CUMPLIDA, con motivo Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria) sigue el Ciudadano: BALMORES YSAIAS CONTRERAS RIERA, contra el Ciudadano: JUAN GARCIA FEHR., constante de Cincuenta (50) folios útiles.-

Remisión que se le hace, a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

LA JUEZA



ECGB/at.-
Com. 133-03
Exp 18.648-03