REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
EL CONSEJO: DOS (02) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-
193° Y 144°.-
Por recibido Despacho, contentivo de Comisión, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el Amparo Constitucional (Laboral) seguido por el Ciudadano: FELIX BRIZUELA contra la empresa CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES ORSI REPRESENTADA por el Ciudadano: Luigi Orsi, en el cual se ordena Notificar a la parte demandada que debe dar cumplimiento inmediato al reenganche del Ciudadano: Félix Brizuela, a su puesto de trabajo y pagarle los salarios caídos desde el día 18 de junio del 2002, fecha esta cuando se produjo el despido hasta su reenganche, conforme a lo ordenado en la sentencia. Désele entrada en el Libro de Comisiones llevado por el Tribunal en el presente año, quedando registrado bajo el Nro. 111-03. Se acuerda librar Boleta de Notificación a la Empresa CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES ORSI, en la persona de su representante Luigi Orsi. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-
DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
La Secretaria Temporal.-
Adriana A. de García
En ésta misma fecha, quedó registrado en el Libro bajo el Nro 111-03.-
La Secretaria Temporal.-
Adriana A. de García
ECGB/adeg.-
Com. 111-03.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
EL CONSEJO: DOS (02) DICIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-
193° Y 144°.-
Con motivo de la entrada en vigencia de la Nueva Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial en fecha: 30 de Diciembre de 1.999, bajo el Nro. 36860, la cual exonera del pago arancelario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 254 de la Constitución. En tal sentido éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de hacer ningún tipo de Cobro Arancelario que pudiera generar las actuaciones de la presente Comisión signada bajo el Nro. 111-03.- Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-
DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
La Secretaria Temporal.-
Adriana A. de García.-
ECGB/adeg.-
Com. 111-03
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
El Consejo: 02 de Diciembre de 2003.-
193° y 144°
N O T I F IC A C I O N
A la Empresa CONSTRUCCIONES Y REPARACIONES ORSI, Representada por el Ciudadano: LUIGI ORSI, mayor de edad, Italiano, titular de la cédula de identidad Nro.583.946, ubicada en la Urbanización Industrial Soco, galpón Prodencia, en la Ciudad de La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, se le NOTIFICA: conforme a lo ordenado por el Tribunal de la Causa y con motivo de Amparo Constitucional (Laboral), incoada en su contra por el Ciudadano: FELIX BRIZUELA, decretada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el Expediente N° 18222 , en fecha: 26-11-2003, deberá reenganchar al Ciudadano: Félix Brizuela, a su puesto de trabajo y pagarle los salarios caídos desde el día 18 de junio del 2002, fecha esta cuando se produjo el despido hasta su reenganche
Firmará al pié de la presente Boleta en prueba de haber quedado debidamente Notificado.-
Dios y Federación.-
DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.- LA JUEZA.-
FIRMA: _____________
C.I. N°:_____________
FECHA: _____________
HORA: _____________
LUGAR: _____________
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