REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 31 de marzo de 2003
192° y 144°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano MANUEL RAMON AGUILAR HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 1.316.769, debidamente asistido por los Abogados AGUSTíN ALFONSO ALBORNOZ y HECTOR LUIS MATA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nros. 1.574 y 7.729, contra la República Bolivariana de Venezuela (MINISTERIO DE SANIDAD y ASISTENCIA SOCIAL hoy MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL), este Juzgado observa:
En el presente caso, la causa se ha encontrado paralizada desde el día dieciséis (16) de septiembre de mil novecientos noventa y nueve (1999), fecha de la ultima actuación procesal, en la cual el extinto Tribunal de la Carrera Administrativa notificó a la Procuraduría General de la República de la continuación del juicio, transcurriendo de esta forma un lapso superior a un año, sin que las partes comparecieran ni por sí, ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANClA en la querella interpuesta por el ciudadano MANUEL RAMON AGUlLAR HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 1.316.769, contra la República Bolivariana de Venezuela (MINISTERIO DE SANIDAD y ASISTENCIA SOCIAL hoy MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLÓ SOCIAL). Notifíquese a las partes. Líbrense boleta y Oficio.-
El Juez Temporal
EDWIN ROMERO
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
En esta misma fecha, treinta y uno (31) de marzo de dos mil tres (2003), siendo las diez (10:00 AM), se registró publicó y la anterior sentencia, bajo el N° 154-2003.
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
Exp. N° 17.351
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