REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA .
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 28 de mayo de 2003
192° y 144°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el ciudadano RAMÓN ATILIO ATILIO QUINTERO, Titular de la cédula de identidad N° 2.153.713, actuando en su propio nombre contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DE FINANZAS, este Juzgado observa que:
En el caso de autos, la causa se ha encontrado paralizada desde el día doce (12) de marzo de dos mil uno (2001), fecha de la última actuación procesal, en la cual el Juzgado de Sustanciación acuerda la admisión de la querella previa consignación de copias del líbelo de demanda, transcurriendo de esta forma un lapso superior a un año sin que las partes comparecieran ni por sí ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por el ciudadano RAMÓN ATILIO NIETO QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° 2.153.713, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DE FINANZAS. Notifíquese a las partes. líbrese boletas y oficio.-
El Juez Temporal
EDWIN ROMERO
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
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