REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA .
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DE TRANSICIÓN
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, 28 de mayo de 2003
192° y 144°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Condena interpuesto por la ciudadana OLMARY LARREA OLALLA, INPREABOGADO N° 65.080,en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALEJOS DELIO AMADO contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano de el MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, este Juzgado observa que:
En el caso de autos, la causa se ha encontrado paralizada desde el día siete (07) de enero de dos mil dos (2002), fecha de la última actuación procesal, en la cual el extinto Tribunal de la Carrera Administrativa admite los escritos de pruebas de ambas partes promovidos en cuanto ha lugar en derecho y no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva, transcurriendo de esta forma un lapso superior a un año sin que las partes comparecieran ni por sí ni por medio de apoderado judicial a instar la causa. En consecuencia este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella interpuesta por el ciudadano ALEJOS DELIO AMADO, titular de la cédula de identidad N° 9.319.751, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA.. Notifíquese a las partes. líbrese boletas y oficio.-
El Juez Temporal
EDWIN ROMERO
EL SECRETARIO
MAURICE EUSTACHE
|