REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-
193° Y 144°.-


Por recibido Despacho, contentivo de Comisión, emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Transito y Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua La Victoria, con motivo del juicio de Cumplimiento de Contrato incoado por CARMEN DE JESUS BOLIVAR contra MARIA CAROLINA PIMENTEL RIOS, en la cual se decretó Medida de Embargo Ejecutivo. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, le da entrada y ordena anotar en el Libro de Comisiones llevado por el Despacho, quedando anotada bajo el Nro. 103-03. El Tribunal Ejecutor de Medidas, fijará el traslado para la ejecución de la Medida de Embargo Ejecutivo, una vez que sea solicitado por el Abogado de la parte Actora. Se acuerda librar oficio al Comando Policial. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García

En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, quedando anotado bajo el Nro. 103-03.-

La Secretaria Temporal.-
Adriana A. de García


ECGB/at.-
Com. 103-03.-



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-

193° Y 144°.-


Con motivo de la entrada en vigencia de la Nueva Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial en fecha: 30 de Diciembre de 1.999, bajo el Nro. 36860, la cual exonera del pago arancelario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 254 de la Constitución. En tal sentido éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de hacer ningún tipo de Cobro Arancelario que pudiera generar las actuaciones de la presente Comisión signada bajo el Nro. 103-03.- Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-





ECGB/at.-
Com.103-03.-








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: DIEZ (10) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-

193° Y 144°.-

Vista la diligencia consignada por la Abogado Carmen Elena González, Apoderada Judicial de la Parte Actora, quien solicita se fije día y hora para practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado de la Causa, este Tribunal Ejecutor de Medida le da entrada y observa de la revisión de la Comisión que solamente señalaron cantidades líquidas a embargarse, mas no fue señalado el doble en caso de embargarse bienes muebles, por lo cual se ordena oficiar al Juzgado de la Causa, a objeto de que sea señalado el monto a embargarse en caso de ser bienes muebles. En relación a la solicitud de la Abogado de la Parte Actora, se acuerda fijarla por auto separado una vez que el Juzgado de la Causa, calcule el monto a embargarse en caso de ser embargado ejecutivamente bienes muebles. Líbrese Oficio. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
La Secretaria Temporal.-

ECGB/adeg.-
Com.103-03.-




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


El Consejo: 10 de Diciembre de 2003.-

193° y 144°.-

N° 368
Ciudadano:
Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Ud., en la oportunidad de solicitar su valiosa colaboración en sentido de que se sirva señalar a éste Tribunal, el monto a embargarse Ejecutivamente si el embargo Ejecutivo recae sobre los bienes muebles propiedad del demandado, en el Expediente Nro. 15.139-98, de la nomenclatura de ese Tribunal, con motivo del juicio de Cumplimiento de Contrato incoado por CARMEN DE JESUS BOLIVAR contra: MARIA CAROLINA PIMENTEL RIOS, en virtud de que solamente fue señalado en el despacho el monto líquido mas no el monto doble, si el embargo se efectúa sobre bienes muebles. -

Solicitud que se le hace, a los fines legales consiguientes.-

Dios y Federación.-

Dra. Emma Constanza García Bello.-
LA JUEZA.-

ECGB/adeg.-
Com. 103-03