REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: VEINTISIETE (27) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-
193° Y 144°.-


Por recibido Despacho, contentivo de Comisión, emanado del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio que por DESALOJO sigue la Ciudadana: ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO contra la Ciudadana: LOURDES VIÑA, en la cual se decretó ENTREGA MATERIAL. Désele entrada en el Libro de Comisiones llevado por el Tribunal en el presente año, quedando registrado bajo el Nro. 109-03. El Tribunal Ejecutor de Medidas, observa que no consta en el Despacho los números de cédula de identidad de las Ciudadanas: ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO Y LOURDES VIÑA, por lo cual se ordena oficiar al Juzgado de la Causa, a fin de que sean suministrados los números de cédulas de los ciudadanos antes mencionados, y una vez recibido la contestación al Oficio, este Tribunal procederá a fijar el traslado previa solicitud del Abogado de la Parte Actora. Asimismo se acuerda oficiar al Consejo de Protección al Niño y del Adolescente y al Comando Policial.- Cúmplase con lo ordenado
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García

En ésta misma fecha, quedó registrado en el Libro bajo el Nro 109-03.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García

ECGB/at.-
Com.109-03.-
Exp: 2854-01.-




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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: VEINTISIETE (27) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-


193° Y 144°.-


Con motivo de la entrada en vigencia de la Nueva Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial en fecha: 30 de Diciembre de 1.999, bajo el Nro. 36860, la cual exonera del pago arancelario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 254 de la Constitución. En tal sentido éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de hacer ningún tipo de Cobro Arancelario que pudiera generar las actuaciones de la presente Comisión signada bajo el Nro. 109-03.- Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-





ECGB/at.-
Com.109-03.-










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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

El Consejo: 27 de Noviembre de 2003.-

193° y 144°.-



N° 348.-
Ciudadano:
Juez de los Municipios José Félix Ribas y
José Rafael Revenga del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-



Me dirijo a Ud., en la oportunidad de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de que se sirva suministrar a este Despacho, los números de cédula de identidad de las Ciudadanas: ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO Y LOURDES VIÑA, relacionado con el Expediente signado bajo el Nro. 2854-01 de la nomenclatura de ese Tribunal, en la cual se decretó Medida de Entrega Material.-

Solicitud que se le hace, a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación.-


Dra. Emma Constanza García Bello.-
LA JUEZA.-




ECGB/at.-
Com. 109/03.-






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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: QUINCE (15) DE DICIEMBRE DE DOS MIL TRES (2003).-

193° y 144°.-


Se recibió Oficio Nro. 518, de fecha: 11-12-2003, emanado del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, informando los números de cédulas de identidad de las ciudadanas: ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO Y LOURDES VIÑA, 10.358.739 y 2.639.864 respectivamente. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, le da entrada y ordena agregar a los autos de la Comisión. Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-




ECGB/adeg.-
Com. 109-03.-







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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: QUINCE (15) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-



Vista la diligencia consignada por el Abogado: José Francisco Vivas Medina, apoderado Judicial de la Parte Actora, quien solicita se le fije oportunidad para la práctica de la Medida de Entrega Material decretada por el Juzgado de la Causa, éste Tribunal Ejecutor de Medidas le da entrada y acuerda lo solicitado fija el traslado para el día: 20-01-2004, a las 12:30 m., jurada la urgencia del caso.- Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCÍA BELLO.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-







ECGB/rdd
Com.109-03.-










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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA



EL CONSEJO: 19 DE ENERO DE 2004.-

193° Y 144°.-

N° 11
Ciudadano:
Consejo de Protección al Niño y del Adolescente
Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-


Me dirijo a Ud., en la oportunidad de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de que sirva enviar un representante de esa Institución, para que haga acto de presencia en la Medida de Entrega Material, que se llevará a cado el día: 20-01-2004, a las: 12: 30., en la siguiente dirección: Apartamento ubicado en la Torres Uno (01) del Conjunto Residencial Cooperativa de Vivienda la Victoria, Quinta Planta, signado con el Nro. 51, Urbanización Las Mercedes, Municipio José Félix Ribas, La Victoria Estado Aragua, donde se presume la existencia de menores de edad, con motivo del Juicio que sigue la Ciudadana: ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO, Contra la Ciudadana: LOURDES VIÑA, decretado por el Juzgado de la Causa, en el cual se decreto Entrega Material.-


Solicitud que le hago, a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación.-

DRA EMMA CONSTANZA GARCÍA BELLO.-
LA JUEZA.-

ECGB/at.-
Com. 109-03



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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


El Consejo: 19 de Enero de 2004.-
193° y 144°.-



N° 12
Comandante de la Zona Policial del
Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-




Me dirijo a Ud., en la oportunidad de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de que se sirva prestar dos (02) funcionarios Policiales, para que resguarden la integridad física del personal de éste Despacho, el cual deberá trasladarse a la siguiente dirección: Apartamento ubicado en la Torre Uno (01) del Conjunto Residencial Cooperativa de Vivienda la Victoria, Quinta Planta, Apartamento signado con el Nro. 51, Urbanización Las Mercedes, Municipio José Félix Ribas, La Victoria, Estado Aragua; con el objeto de dar cumplimiento a la Medida de Entrega Material, decretada por el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga del Estado Aragua, la cual fue fijada para el día: 20-01-2004 a las 12: 30 m.-

Solicitud que le hago, a los fines legales consiguientes.-

Dios y Federación.-


DRA EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
LA JUEZA.-



ECGB/ at.-
Com. 109-03.-




En el día de hoy, Veinte (20) de Enero de Dos Mil Cuatro (2004), siendo las 1: 50 de la tarde, previa habilitación del tiempo necesario se traslado y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: inmueble constituido por un Apartamento ubicado en la Torre uno (01) del Conjunto Residencial Cooperativa de Vivienda la Victoria, Quinta Planta, Apartamento Nro. 51, Urbanización las Mercedes, La Victoria, Estado Aragua, en compañía del Abogado José Francisco Vivas Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.434, en su carácter de representante de la parte Actora Ciudadana: ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO, con el objeto de ejecutar la Medida de Entrega Material del Inmueble a cuyas puertas se encuentra constituido el Tribunal con motivo del Juicio que sigue la Ciudadana: Esmeralda del Valle Briceño Contra: Lourdes Viña por desalojo, ante el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Tribunal deja constancia que se encuentran presentes en este acto los Ciudadanos: Anahir Reina Silva, titular de la cédula de Identidad Nro. 10.358.974, en su carácter de Consejera del Consejo de Protección al niño y al Adolescente; Tomas Reinaldo Delgado Díaz, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.685.203, en su carácter de Perito Avaluador y Nelson Jesús Tavio Arrivillaga, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.433.646, en su carácter de Representante de la Depositaria Judicial La Nacional, C.A., quienes una vez que aceptaron sus cargos fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. Presente en dicho inmueble objeto de la medida una persona que dijo ser y llamarse: VIÑA GÓMEZ LOURDES VIOLETA, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.639.864, parte demandada en el presente juicio, a quien el Tribunal Notifico de su misión y quien permitió el acceso al inmueble donde el Tribunal se encuentra constituido. En este estado la Notificada Expone: “procedo en este acto a retirar por mi propia cuenta, riesgo y voluntad los bienes muebles que se encuentran en el Inmueble donde el Tribunal Ejecutor se encuentra constituido e igualmente hago entrega en este acto al Tribunal Ejecutor de Inmueble totalmente libre de bienes. El Tribunal Ejecutor deja constancia que se hizo presente la Ciudadana: Medina Viña Arys Lannelys, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.699.779, quién informo ser hija de la demandada, acompañada de su hija Franyelis Medina de 4 años de edad, quien expuso: “procedo en este acto a trasladarme por mi propia cuenta, riesgo y voluntad a Maracay junto con mi hija menor de edad aquí identificada. En este acto el Tribunal Ejecutor en cumplimiento de lo decretado por el Tribunal de la Causa, procede a efectuar la Entrega Material del Inmueble constituido por un Apartamento ubicado en la Torre 1 uno, conjunto Residencial Cooperativa de la Vivienda la Victoria, Quinta Planta Apartamento Nro. 51, Urbanización las Mercedes, La Victoria Estado Aragua, en regular estado de conservación y mantenimiento con un valor aproximado de Quince Millones de Bolívares (Bs. 15.000.000,00) a juicio del Perito Avaluador designado, a la Depositaria Judicial designada en la persona de su representante Nelson Jesús Tavio Arrivillaga, quien lo recibe en este acto en el estado arriba señalado y totalmente libre de bienes, personas, valores etc. El Tribunal Ejecutor habiendo cumplido su misión da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 5:30 horas de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.
La Jueza
Dra. Emma Constanza García Bello.-
C.I. 3.720.889


Las Notificadas



El Representante De La Parte Actora



La Consejera Del Consejo De
Protección Al Niño Y Adolescente


El Perito

El Depositario


La Secretaria Temporal.-






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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA




EL CONSEJO: VEINTIDOS (22) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004).

193° Y 144°

Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, se ordena devolver comisión signada bajo el Nro. 109-03 (Exp. 2854-01) debidamente CUMPLIDA, al Juzgado de la Causa, con motivo del Juicio que sigue la Ciudadana ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO contra la Ciudadana: LOURDES VIÑA. Líbrese Oficio al Juez de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Désele salida. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO

La Secretaria Temporal

Adriana A. de García..-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenando en el auto que antecede.-
La Secretaria Temporal.

Adriana A. de García.-


ECGB/at.-
Com. 109-03
Exp. 2854-01








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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


El Consejo: 22 de Enero de 2004.-


193° y 144°

N°23
Ciudadano:
Juez de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-


Anexo el presente Oficio, me permito remitir a Usted, Comisión Signada bajo el Nro. 109-03 (Exp. 2854-01), debidamente CUMPLIDA, con motivo del Juicio incoado por la Ciudadana: ESMERALDA DEL VALLE BRICEÑO contra la Ciudadana: LOURDES VIÑA. Constante de Catorce (14) folios útiles.-

Remisión que se le hace, a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación


DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
LA JUEZA.-





ECGB/at.-
Com. 109-03
Exp. 2854-01