REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: DOCE (12) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-



Por recibido Despacho, contentivo de la Comisión, emanado del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con motivo del Juicio Ejecutivo, intentado por los Abogados: CARLOS MÉNDEZ SÁNCHEZ, ELIS LEAL DE CANELA Y RICHARD MEZONES, en su carácter de representantes Judiciales, adscritos a la División Jurídica Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la región Central (SENIAT) del Ministerio de Finanzas, contra la SUCESORA DE EDUARDO E. BLANK, C.A, en la cual se decretó medida de Embargo Ejecutivo, désele entrada en el Libro de Comisiones llevado por el Tribunal en el presente año quedando registrado bajo el Nro. 01-04, el Tribunal Ejecutor fijará la práctica de la medida una vez que sea solicitado por el Abogado de la parte actora. - Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-


En esta misma fecha, quedó registrado en el Libro bajo el Nro. 01-04.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-


ECGB/at.-
Com.01-04.-
Exp. 0049.






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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: DOCE (12) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004).-


193° y 144°.-


Con motivo de la entrada en vigencia de la nueva Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial en fecha: 30 de Diciembre de 1.999, bajo el Nro. 36860, la cual exonera del pago Arancelario, conforme a lo establecido en el Artículo 254 de la Constitución. En tal sentido, éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de hacer ningún tipo de cobro Arancelario que pudieran generar las actuaciones de la presente Comisión signada bajo el Nro. 01-04.- Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal

Adriana A. de García




ECGB/at.-
Com. 01-04
Exp. 0049.-











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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: VEINTIUNO (21) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-

Vista la diligencia consignada por el Abogado: Carlos Méndez Sánchez, actuando en su carácter de representante Judicial, adscrito a la División Jurídica Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) del Ministerio de Finanzas, en representación de la República Bolivariana de Venezuela, representación que se desprende de Instrumento poder que en original y en copias que consigno para su vista y devolución, asimismo solicito se sirva trasladarse a la siguiente Dirección: un Inmueble propiedad de la SUCESORA DE EDUARDO E. BLANK C.A, constituido por un lote de terreno y las construcciones sobre él edificadas ubicado en la Jurisdicción de la Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, a objeto de practicar de la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Juzgado de la Causa y sea oficiado el Comando Policial, éste Tribunal Ejecutor de Medidas le da entrada y acuerda lo solicitado, una vez confrontada las copias arriba consignadas se devuelve original y se certifica las copias. Trasladase y Constituya este Tribunal Ejecutor para el día: 21-01-2004, a las 12:45 m., se ordena librar Oficio al Comando Policial del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua.-Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCÍA BELLO.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-


ECGB/rdd
Com.01-04.-










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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

El Consejo: 21 de Enero de 2004.-

193° y 144°.-

N° 17
Comandante de la Zona Policial del
Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua.-
SU DESPACHO.-


Me dirijo a Ud., en la oportunidad de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de que se sirva prestar dos (02) funcionarios Policiales, para que resguarden la integridad física del personal de éste Despacho, el cual deberá trasladarse a la siguiente dirección: un Inmueble propiedad de la SUCESORA DE EDUARDO E. BLANK C.A, constituido por un lote de terreno y las construcciones sobre él edificadas ubicado en la Jurisdicción de la Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua; con el objeto de dar cumplimiento a la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, la cual fue fijada para el día: 21-01-2004 , a las 12:45 m.-

Solicitud que le hago, a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación.-

DRA EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
LA JUEZA.-




ECGB/rdd
Com. 01-04.-











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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA



EL CONSEJO: VEINTIUNO (21) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-

Vista la diligencia consignada por el Abogado: CARLOS MENDEZ SANCHEZ, Apoderado Judicial de la Parte Actora, quien solicita al Tribunal Ejecutor a los fines de realizar el Embargo Ejecutivo sobre bien inmueble propiedad de la Contribuyente Sucesora Eduardo Blank C.A., designe como Depositario Judicial a la República Bolivariana de Venezuela en la persona de SHEILA OJEDA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.122.237, Funcionaria adscrita al Servicio Nacional Integrar de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de acuerdo a lo establecido en el Artículo 283 del Código Orgánico Tributario, y asimismo solicita sea designado Perito Avaluador al Ciudadano: Saúl Sevilla, titular de la cédula de identidad Nro. 7.076.550, Funcionario adscrito al Servicio Nacional Integrar de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Este Tribunal Ejecutor de Medidas, le da entrada y acuerda lo solicitado, se designa como Depositario Judicial a la Ciudadana: SHEILA OJEDA y como Perito Avaluador al Ciudadano: Saúl Sevilla, conforme a lo establecido en el Artículo arriba señalado. Cúmplase con lo ordenado.-

LA JUEZA.-

Dra. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-

ECGB/adeg.-
Com. 01-04.-















En el día de hoy, Veintiuno (21) de Enero de Dos Mil Cuatro (2004), siendo las 12:45 del mediodía, previa habilitación del tiempo necesario, se traslado y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: Un lote de Terreno y las Construcciones sobre él edificadas ubicado en la Jurisdicción de la Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, con una extensión aproximada de 8.700 metros cuadrados enclavada dentro de lo que se conoció como Hacienda el Recreo, con frente al denominado Callejón El Recreo y comprendido dentro de los siguientes linderos NORTE: Partiendo de el Callejón el Recreo en dirección Este, formando ángulo de Noventa y un grados con Cincuenta y Cinco minutos (91°,55”) en una extensión de Noventa y dos metros cuadrados con Cuarenta y Cinco centímetros (92,45), con terreno propiedad de la Sucesora de Eduardo E. Blank, C.A; ESTE: Con terreno de la propiedad de la sucesora Supra, en ochenta metros con cuarenta y cinco centímetros (80,45 mts) formando ángulo Noreste de Ochenta y seis grados y cincuenta y seis minutos (86°,56”), por el SUR: con tres líneas quebradas partiendo la primera del ángulo sureste de Ciento Once grados con cincuenta minutos (111°,50”) en cincuenta y dos metros con Setenta centímetro (52,70 mts) y al llegar a esta distancia formando nuevo ángulo de doscientos diecinueve grados con treinta minutos (219°,30”) el lindero baja en dirección Sur en doce metros con Cuarenta centímetros (12,40 mts.) en esta distancia y en dirección Oeste en una extensión de treinta y cinco metros con cincuenta (35, 50) formando un ángulo de ciento catorce grados con Diez (114°,10”) y un ángulo de Noventa y Seis grados con dieciocho minutos (96°,18”) al encontrase con el lindero Oeste con el Callejón El Recreo. OESTE: En Noventa y Nueve metros con Veinte Centímetros (99,20 mts) con el Callejón El Recreo. En compañía de los Abogados CARLOS RAMON MENDEZ SÁNCHEZ, mayor de edad, venezolano, inscrito en el Inpreabogado Nro. 30.774 y la Abogado: LEAL D C. ELSIS C., mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. 7.934.179, inscrita en el Inpreabogado Nro. 46.812, en su carácter de Apoderados Judiciales adscritos a la División Jurídica Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) del Ministerio de Finanzas, en representación de la República, con el objeto de dar cumplimiento a la Medida de Embargo Ejecutivo, del Inmueble a cuyas puertas el Tribunal se encuentra constituido, con motivo de la demanda intentada por los ciudadanos: CARLOS MENDEZ SANCHEZ, ELSIS LEAL DE CANELA Y RICHARD MEZONES, en su carácter de Representantes Judiciales, adscritos a la División Jurídica Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central, Servicio Nacional integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) del ministerio de Finanzas en representación de la República contra: SUCESORA DE EDUARDO E. BLANK, C.A., presente en este acto los ciudadanos: SHEILA DEL CARMEN OJEDA DÍAZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. 11.122.237, en su carácter de Depositaria Judicial y SEVILLA MENDOZA SAÚL ANTONIO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 7.076.550, en su carácter de Perito Avaluador, ambos adscritos al servicio Nacional Integral de Administración Aduanera Tributaria, quienes fueron designados conforme a lo establecido en el Artículo 283 del Código Orgánico Tributario, quienes una vez que aceptaron sus cargos, fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. Presentes en dicho inmueble unas personas que dijeron ser y llamarse: MOSCO BLANK DANIEL EDUARDO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 5.538.864, en su carácter de Presidente de la empresa demandada y León de Espinoza Luz Marina, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de identidad Nro. 11.894.138, quién manifestó ser Asistente Fiscal, debidamente asistidos por el Abogado: PEDRO JULIO HERNANDEZ SCANNONE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.998, a quienes el Tribunal Notificó de su misión y quienes permitieron el acceso al inmueble donde el Tribunal se encuentra constituido, objeto de la Medida de Embargo Ejecutivo. En este estado el Tribunal Ejecutor conforme a lo decretado por el Tribunal de la causa Declara Embargado Ejecutivamente el Inmueble propiedad de la Sucesora Eduardo E. Blank, C.A., constituido por un lote de Terreno y las construcciones sobre él edificadas ubicado en la Jurisdicción de la Victoria del Municipio José Félix Ribas del estado Aragua, con una extensión aproximada de 8.700 metros cuadrados enclavada dentro de lo que se conoció como Hacienda El Recreo, con frente al denominado Callejón El Recreo y Comprendida dentro de los siguientes linderos NORTE: partiendo de él Callejón El Recreo en dirección Este, formando ángulo de Noventa y un grados con cincuenta y cinco minutos (91°,55”) en una extensión de Noventa y dos metros Cuadrados con cuarenta y cinco centímetros (92,45) con terrenos de propiedad de la Sucesora de Eduardo E. Blank, C.A., ESTE: Con terreno de la propiedad de la Sucesora Supra en Ochenta metros con cuarenta y cinco centímetros (80,45 mts) formando ángulo Noreste de Ochenta y Seis Grados y cincuenta y Seis minutos (86°,56”) por el SUR: Con tres líneas quebradas, partiendo la primera del ángulo Sureste de ciento once grados con cincuenta minutos (111°, 50”) en cincuenta y dos metros con Setenta centímetros (52,70 mts) y al llegar a esta distancia formando nuevo ángulo de doscientos diecinueve grados con treinta minutos (219°,30”) el lindero baja en dirección Sur en doce metros con cuarenta centímetros (12,40 mts) en esta distancia y en dirección Oeste en una extensión de Treinta y Cinco Metros con cincuenta (35,50 mts) formando un ángulo de Ciento Catorce grados con Diez (114°, 10”) y un ángulo de Noventa y Seis grados con dieciocho minutos (96°, 18”) al encontrase con el lindero Oeste con el Callejón El Recreo, OESTE: En Noventa y Nueve metros con Veinte Centímetros (99,20 mts) con el Callejón El Recreo, y lo pone en posesión de la Depositaria Judicial Ciudadana: SHEILA DEL CARMEN OJEDA DIAZ, y hasta cubrir la cantidad de Setecientos Noventa Millones Seiscientos Nueve Mil Ochocientos Diez y Siete Bolívares con Ochenta Céntimos (Bs. 790.609.817,80), monto decretado por el Tribunal de la causa , el cual se encuentra en regular estado de mantenimiento y conservación y posee un valor aproximado a juicio del Perito Avaluador designado de Un Mil Quinientos Millones (Bs. 1.500.000.000,00). En este estado los Apoderados de la parte Actora expone: “Solicitamos que el inmueble Embargado Ejecutivamente en este acto sea puesto bajo la guarda y custodia de los Notificados.” El Tribunal Ejecutor vista la anterior exposición acuerda de conformidad y deja el inmueble Embargado Ejecutivamente bajo la guarda y custodia de los Notificados a quienes le señala las obligaciones Civiles y Penales que dicha guarda y custodia conlleva. En este estado la parte Demandada expone: “debidamente asistido de su Abogado: Nos reservamos el ejercicio en el término de Ley de todos y cada uno de los recursos ordinarios o extraordinarios a que hubiere lugar, así como a oponer las excepciones o defensas que fueran pertinentes en este Juicio Ejecutivo.” El Tribunal Ejecutor habiendo cumplido su misión da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 3:30 horas de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza.

Dra. Emma Constanza García Bello.-
C.I. 3.720.889

Los Notificados
El Abogado Asistente

Los Apoderados Judiciales


El Depositario

El Perito Avaluador

La Secretaria Temporal.-










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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: VEINTIDOS (22) DE ENERO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-

Cumplida como ha sido la misión del Tribunal Ejecutor, se ordena devolver la presente Comisión signada bajo el Nro. 01-04, (Exp. 0049), debidamente CUMPLIDA, al Juzgado de la Causa, con motivo de la demanda intentada por los Abogados: CARLOS MENDEZ SANCHEZ, ELSIS LEAL DE CANELA Y RICHARD MEZONES, en su carácter de representantes Judiciales, adscritos a la División Jurídica Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) del Ministerio de Finanzas, contra SUCESORA DE EDUARDO E. BLANK, C.A.- Líbrese Oficio al Ciudadano: Juez Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, del Estado Carabobo, anexo Comisión. Désele salida.- Cúmplase con lo ordenado-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-






ECGB/rdd
Com. 01-04
Exp: 0049.-


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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

El Consejo: 22 de Enero de 2004.-

193° Y 144°


N° 20
Ciudadano:
Juez Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central del Estado Carabobo.-
SU DESPACHO.-

Anexo al presente oficio, me permito remitirle a Ud., Comisión signada bajo el Nro. 01-04, Exp: (0049), debidamente CUMPLIDA, con motivo de la demanda intentada por los Abogados: Carlos Méndez Sánchez, Elsis Leal de Canela y Richard Mezones, en su carácter de representantes Judiciales, adscritos a la División Jurídica Tributaria de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) del Ministerio de Finanzas, contra SUCESORA DE EDUARDO E. BLANK C.A., Constante de Veinte (20) folios útiles.-

Remisión que se le hace, a los fines legales consiguientes.-


Dios y Federación.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-

LA JUEZA


ECGB/rdd
Com. 01-04
Exp: 0049.-