REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINAREZ ALCANTARA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. Palo Negro, 12 de Febrero del año dos mil cuatro.-

193° y 144°

Vista la diligencia presentada en un (1) folio útil por la ciudadana ZORAIDA YUBIRE APONTE, asistida por el Abg. JESUS FLEX APONTE, ambos suficientemente identificados en autos, mediante la cual desiste del presente Procedimiento, solicitando le sean devueltos los documentos originales. Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, Declara: Extinguida la Instancia, de conformidad con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil y ordena el desglose de los documentos acompañados al Libelo de demanda, previa certificación de fotocopias en autos, entréguese a la solicitante.-


La Juez,

Abg. Blanca L. Pirela Hernández

El Secretario,

Abg. Camilo E. Chacón Herrera

Exp. 281-2003.-
BPH/cch.-