REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º

ASUNTO : KP02-S-2003-010061
LA SUSCRITA JUEZ TITULAR TAMAR GRANADOS IZARRA SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE SOLICITUD. Vista la solicitud presentada por el Ciudadano JOSE LUIS CORDERO PIÑA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.432.851, de este domicilio, asistida de la abogada Indira Zoghbi Galviz. IPSA No. 79.296, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que construyó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en El Asentamiento Campesino El Cují, Sector Tamaca, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren, del Estado Lara , sobre un lote de terreno que forma parte de otro de mayor extensión perteneciente al Instituto Agrario Nacional ( IAN ), que mide en su totalidad Dieciséis Hectáreas ( 16 Has.), cuyos Linderos Generales para el momento de la adquisición eran los siguientes : NORTE: Con terrenos que son o fueron ocupados por Luis Berengue ; SUR: Con Carretera que conduce del Caserío El Retén al Caserío Tamaca y con terrenos ocupados por Ana Marchán, Gregoria Rivas, Antonio Uranga, Bernardo Milán y Petra Milán ; ESTE: Con Casas de la Vivienda Rural y OESTE: Con la Avenida El Cementerio de Tamaca. Actualmente los Linderos son descritos por los Organismos Oficiales de la siguiente manera: NORTE : Con terrenos de Pedro Suárez ocupados por el Club El Buco ; SUR : Vía Las Delicias y Vía Principal Barquisimeto ; ESTE : Con terrenos ocupados por Fermín Marchán y OESTE : Con terrenos ocupados por Rupert Pérez. Dichas bienhechurías están conformadas por : A ). Un cercado de paredes de bloques y árboles frutales. B ). Tres ( 3 ) Locales Comerciales con las siguientes características : Paredes de bloques frisadas, techo de platabanda frisado, piso de granito, una escalera de metal independiente hacia la segunda planta, cada uno de los Locales con sus Santa Marías al frente y su baño de paredes en cerámica, con lavamanos, poceta, ducha, instalaciones eléctricas por tuberías empotradas, tres puertas internas en metal acanalado con marcos de metal, tres ventanas de hierros con vidrios, los tres locales poseen 143 puntos eléctricos con sus respectivos cableados, apagadores y toma corrientes, cercado completamente de bloque frisado por dentro y por fuera. El Terreno sobre el cual se encuentran construidas las mejoras, tiene una superficie de Quinientos noventa y seis metros cuadrados aproximadamente ( 596,00 Mts2. ) , y el área total de construcción es de Quinientos noventa y dos metros cuadrados ( 592,00 Mts2. ) . El valor invertido es la cantidad de NOVENTA MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 90.000.000,oo ), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos NEIDA AMARILIS ZAMBRANO Y ALLARY DEL VALLE PIEDRA PEREZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del Ciudadano JOSE LUIS CORDERO PIÑA ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez


Tamar Granados Izarra
La Secretaria


María Fernanda Alviárez

TGI/AMV.