En horas de Despacho del día de hoy, 29 de marzo de 2.004, siendo las diez de la mañana 10:00am, oportunidad fijada por ante este Tribunal para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, en el presente jui-cio, se deja constancia que no se hicieron presente ninguna de las partes ni por apoderados judiciales algunos ni la Representante del Ministerio Publico. En virtud de lo anterior este Tribunal a tenor de lo dispuesto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, Ad-ministrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en Nom-bre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: EXTINGUIDA LA INSTANCIA Y TERMINADO EL PRESENTE PROCEDI-MIENTO, seguido por JESÚS ALBERTO IRIGOYEN ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad N° 2.242.919 contra AURA JOSEFINA SANTANA NIEVES venezolana, mayor de edad, por Divorcio y se ordena el cierre y archivo del Expediente. Y así se declara y decide. Es todo, Termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
Dr. PEDRO III PEREZ,
EL SECRETARIO TEMPORAL
Abg. LEONCIO VALERA.
Exp. 35760
PIIIP/lv/sllp
Estacion02/misdocumentos/29-03-04
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