REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: VEINTICINCO (25) MARZO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° y 144°.-

Se recibió solicitud del Ciudadano: TAGLIALATELA DELLA CORTIGLIA PASCUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No 1.731.436, en su condición de Presidente de la Empresa INMOBILIARIA TAGLIALATELLA C.A, según consta en documento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y el Estado Miranda, asistido en este acto por la Dra. OLIMPIA PULIDO MAÑON, Abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad No 14.276.051 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No 99.707, quién solicita previa habilitación del tiempo necesario, se traslade y constituya, este Tribunal Ejecutor de Medidas, en la siguiente dirección: CALLE RIBAS DAVILA CRUCE CON SILVIO ORTA y NEGRO PRIMERO EN LA CIUDAD DE LA VICTORIA ESTADO ARAGUA, con el objeto de que se practique Inspección Judicial del Inmueble propiedad del Ciudadano arriba identificado, y se deje constancia de los particulares contenidos en la solicitud, se libró auto dándole entrada y se ordena anotar en el libro de Solicitudes llevado por el Tribunal en el presente año. El Tribunal deja constancia que se acompañó a la presente solicitud copia fotostática del Documento de Propiedad y copia fotostática del Contrato de Arrendamiento y ordena trasladarse y constituirse en el sitio señalado por la parte actora el día de hoy: 25-03-2004. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-


ECGB/adeg.-
Com. 02-04.-



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


EL CONSEJO: VEINTICINCO (25) MARZO DE DOS MIL CUATRO (2004).-


193° y 144°.-



Con motivo de la entrada en vigencia de la nueva Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial en fecha: 30 de Diciembre de 1.999, bajo el Nro. 36860, la cual exonera del pago Arancelario, conforme a lo establecido en el Artículo 254 de la Constitución. En tal sentido, éste Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene de hacer ningún tipo de cobro Arancelario que pudieran generar las actuaciones de la presente Solicitud signada bajo el Nro. 02-04. Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZA

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-


La Secretaria Temporal


Adriana A. de García




ECGB/at.













En el día de hoy, Veinticinco (25) de Marzo de Dos Mil Cuatro (2004), siendo las 1:30 de la tarde, previa habilitación del tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a la siguiente dirección: inmueble constituido por un terreno mas las construcciones en él existentes ubicado dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Que es su frente, en Treinta y Tres metros con Dos centímetros (33,02 mts) Avenida Rivas Dávila; Sur: En Treinta y Dos metros con Once centímetros (32,11 mts) con la Calle Negro Primero; Este: En Cuarenta y Cinco metros (45,00 mts) con Calle Transversal que comunica a la Avenida Rivas Dávila con Avenida Victoria; y Oeste: En Cuarenta y Ocho metros con Noventa Centímetros (48,90 mts) con terrenos que es o fue de la Señora Yole Mercucci de Giovanni; en compañía del Ciudadano: Pascual Taglialatela, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES INMOBILIARIAS TAGLIALATELA C.A., mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 1.731.436, debidamente asistido por la Abogado: Olimpia Pulido Mañon, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 99.707, con el objeto de practicar Inspección Judicial solicitada por la Empresa Inmobiliaria Taglialatela C.A. El Tribunal Ejecutor deja constancia que se encuentra presente en este acto el ciudadano: Tomas Reinaldo Delgado, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 8.685.203, en su carácter de Experto Fotográfico, y Castillo Vargas José Félix, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 6.905.177, quien es T.S.U., en Producción Industrial, inscrito en el Colegio T.S.U.V., bajo el Nro. 0739, quienes una vez que aceptaron sus cargos, fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. En este estado el Tribunal Ejecutor pasa a dejar constancia al Primer Particular por vía de Inspección Judicial: que el inmueble donde se encuentra constituido se encuentra en mal estado de conservación y mantenimiento. En cuanto al segundo particular, el Tribunal deja constancia que el experto fotográfico designado, tomo fotografías, con una Cámara Kodak, tipo Autocolor Flash, y con un rollo marca Kodak Gold, de Veinticuatro (24) fotos, fotografías que formaran parte de las presentes actuaciones una vez que sean reveladas. En cuanto al Tercer particular el Tribunal deja constancia que el solicitante debidamente asistida por su abogado expone: “Conforme al derecho que me reserve en el particular Tercero, solicito al Tribunal Ejecutor, deje constancia de: 1.) Estado de la Estructura Metálica que soporta el techo de las construcciones que se encuentran en el Terreno arriba señalado. 2.) Si posee cerca perimetral. 3.) Número de puertas faltantes en el inmueble. 4.) Estado de la puerta Santa María. 5.) Estado de la fosa de cambio de aceite y engrase. 6.) Si existen puntos de luz. 7.) Si las alcantarillas poseen rejillas. 8.) Estado general del piso y sus baldosas. 9.) Estado en que se encuentra los baños. 10.) Estado de los vidrios, paredes y techos de las oficinas. 11.) Si existe sistema de alarma contra incendios. 12.) Si existe enfriador de agua de botellón. 13.) Si existe algún equipo de aire acondicionado. 14.) Si existe un trípode para levantar motores. 15.) Si el tanque de agua posee tapa. 16.) Si existe medidor de Luz. 17.) Si posee bomba de agua y tuberías de sistema hidroneumático. 18.) Estado de los canales de agua. 19.) Si existe basura y escombros. En este estado el Tribunal Ejecutor vista la anterior exposición, acuerda de conformidad y debidamente asistido por el experto técnico designado, pasa a dejar constancia por vía de Inspección Judicial de que: 1.) Estructura Metálica que soporta el techo, se encuentra doblada, en mal estado (rota en algunas partes) y falta la mayor parte de las láminas de zinc. 2.) Falta gran parte de la cerca perimetral. 3.) Faltan Catorce (14) puertas (internas y externas). 4.) La Puerta de Santa María se encuentra en mal estado. 5.) la fosa de cambio de aceite y engrase se encuentra llena de escombros, basura y tierra. 6.) No existen puntos de luz. 7.) Las alcantarillas no poseen rejillas. 8.) El piso se encuentra en mal estado y la mayoría de sus baldosas rotas y desprendidas. 9.) Los baños carecen de piezas sanitarias. 10.) Los vidrios se encuentran rotos, paredes y techos presentan grietas. 11.) Carece de sistema de alarma contra incendios. 12.) Carece de enfriador de agua de botellón. 13.) No existen ningún equipo de aire acondicionado. 14.) No existe trípode para levantar motores. 15.) El tanque de agua carece de tapa. 16.) No existe medidor de Luz. 17.) No posee bomba de agua y tuberías de sistema hidroneumático. 18.) Los canales de agua se encuentran dañados en su mayor parte, doblados y algunos se encuentran en el piso. 19.) Si existe gran cantidad de basura y escombros. El Tribunal habiendo concluido su misión declara terminado el acto, siendo las 4:00 p.m. Es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.-

La Jueza.

Dra. Emma Constanza García Bello.
C.I. 3.720.889.

El Solicitante.

La Abogado Asistente.

El Experto Técnico.

El Experto Fotográfico.


La Secretaria Temporal.



En el día de hoy, Veintiséis (26) de Marzo de Dos Mil Cuatro (2004), siendo las 1:30 de la tarde, comparece por ante éste Tribunal Ejecutor de Medidas, el Ciudadano: TOMAS REINALDO DELGADO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 8.685.203, quien en su carácter de Experto fotógrafo, expone: Consigno por ante la Secretaría, las fotos que fueron tomadas en la Inspección Judicial efectuada el día 25-03-2004, en un Terreno ubicado en la Calle Rivas Dávila, Cruce con Silvio Orta y Negro Primero, en la Ciudad de la Victoria Estado Aragua, Constante de Veinticinco (25) fotos, en nueve (09) folios, para que formen parte de las presentes actuaciones. Es todo.-


El Experto Fotográfico.-


La Secretaria Temporal.-





























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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: VEINTISEIS (26) DE MARZO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-


Vista la diligencia consignada por el Ciudadano: TOMAS REINALDO DELGADO, experto fotográfico, quién consigna a éste Tribunal las fotos tomadas en la Inspección Judicial efectuada el día 25-03-2004, en un Terreno ubicado en la Calle Rivas Dávila, Cruce con Silvio Orta y Negro Primero, en la Ciudad de la Victoria Estado Aragua, Constante de Veinticinco (25) fotos, en nueve (09) folios, para que formen parte de las presentes actuaciones, éste Tribunal Ejecutor de Medidas le da entrada y ordena agregar a sus autos. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZA
DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO
La Secretaria Temporal.
Adriana A. de García.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
La Secretaria Temporal.
Adriana A. de García.-


ECGB/at.
Sol. 02-04



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JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

EL CONSEJO: VEINTISÉIS (26) DE MARZO DE DOS MIL CUATRO (2004).-

193° Y 144°.-


Cumplida como ha sido la misión del Tribunal Ejecutor, se ordena devolver la presente Solicitud signada bajo el Nro. 02-04, debidamente CUMPLIDA, al solicitante Ciudadano: TAGLIALATELA DELLA CORTIGLIA, en su condición de Presidente de la Empresa INMOBILIARIA TAGLIALATELA C.A., con motivo de la Inspección Judicial realizada en un Inmueble ubicado en la Calle Rivas Dávila Cruce con Silvio Orta y Negro Primero, La Victoria Estado Aragua, devuélvase original con sus resultas al solicitante.- Cúmplase con lo ordenado-
LA JUEZA.-

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-


La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

La Secretaria Temporal.-

Adriana A. de García.-






ECGB/at
Sol. 02-04