REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 28 de mayo de 2.004
194° y 145°
SOLICITANTES: NANCY ESTRELLA MENDOZA HENRIQUEZ y JESÚS BAUTISTA SALCEDO .
ABOGADO (S) ASISTENTE (S) o APODERADO (S): ANABELLA SANTIMONE BARRETO, Inpreabogado N° 99.695.
MOTIVO: DIVORCIO (Art.185-A C.C.)
Exp. N°: 36759
TIPO DE SENTENCIA: Definitiva (Con o Sin Lugar divorcio 185-A)
MATERIA: Civil Personas
NARRATIVA:
Se inician las presentes actuaciones por solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, efectuada por los ciudadanos: NANCY ESTRELLA MENDOZA HENRIQUEZ y JESÚS BAUTISTA SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nrso V-3.433.625 y V- 4.544.536, y de este domicilio, asistido por la Abogado: ANABELLA SANTIMONE BARRETO, Inpreabogado N° 99.695. (Folio 01 y 02)
En fecha 31 de marzo de 2004, este Tribunal admitió la solicitud y ordenó la notificación a la Fiscal Décimo Segundo del Ministerio Público del Estado Aragua, y en la misma fecha se dejo constancia que no se libro la boletas al Fiscal Duodécimo del Ministerio Publico del Estado Aragua (Folios 06 y 07).
En fecha 31 de marzo de 2004, el Secretario Temporal Leoncio Valera, dejo constancia que se libro la boleta al Fiscal del Ministerio Publico del Estado Aragua, ordenado en auto de fecha 31/03/04 (Folio 08 y 09)
En fecha 11 de mayo de 2.004, el Alguacil Accidental de este Tribunal, consigno boleta de notificación de la Fiscal duodécimo del Ministerio Publico del Estado Aragua, debidamente firmada (Folio10 y 11).
En fecha 12 de mayo de 2004, la Fiscal Décima Segunda del Ministerio Publico del Estado Aragua, y expuso que no hacía objeción al presente procedimiento de divorcio por cuanto estaban cumplidos todos los requisitos de ley.(Folio 12)

MOTIVA:
Por cuanto este Tribunal, considera que en el presente caso, al haberse planteado la solicitud por ambos cónyuges ante el Juzgado distribuidor y habiéndosele otorgado al Fiscal del Ministerio Público el lapso previsto por el legislador para formular oposición, se ha cumplido con el deber de dar satisfacción del derecho de “acción” de los solicitantes y se ha adecuado y resguardado el “procedimiento” conforme a los postulados de la Constitución y no habiéndose formulado oposición hacen igualmente procedente la solicitud. Y así se declara y decide.

DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: NANCY ESTRELLA MENDOZA y JESÚS BAUTISTA SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.433.625 y V-4.544.536, respectivamente, desde el día 04 de febrero de 1997, que se celebró por ante la Prefectura del Municipio Sucre del Estado Aragua, según consta de la copia certificada del acta de matrimonio tomo I, corre inserta al folio 61, bajo el Acta Nº 31. ( Folio 03)
Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
Liquídese la comunidad de gananciales.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro (28-05-04). Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
EL JUEZ,

Dr. PEDRO III Y. PEREZ C.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. LEONCIO VALERA.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, se publicó y registró la anterior decisión siendo las 08:45 a.m.- EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg LEONCIO VALERA
Exp. Nº: 36759
PIIIP/lv/vzb
Estacion02.