REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de octubre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-006646
Rect.Part.
C.F.


La ciudadana ENEDINA DEL CARMEN COLMENÁREZ DE GRIMAN, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 2.543.413, de este domicilio, asistida por la abogada Anna Verneth Bialko Zavarce, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.565, solicitó la rectificación de su Acta de Matrimonio y el Acta de Defunción de su esposo, por cuanto aparecen por error en su Acta de Matrimonio el nombre de su difunto esposo como JOSE GREGORIO GRIMAN siendo lo correcto “JESÚS GREGORIO GRIMAN MONTILLA”; y en el acta de Defunción de Jesús Gregorio Griman Montilla el nombre de su madre como MARÍA DE MONTILLA siendo lo correcto PETRA MONTILLA. Admitida la solicitud en fecha veinticinco (25) de agosto de dos mil cuatro, se ordenó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara y librar edicto. En fecha 27/08/2.004, se dio por notificada la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 18). En fecha 16/09/2004 la solicitante consignó edicto publicado en el diario El Informador. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Acta de Matrimonio y así se declara. Por los razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Matrimonio y Acta de Defunción de Jesús Gregorio Griman Montilla presentada por la ciudadana ENEDINA DEL CARMEN COLMENÁREZ DE GRIMAN, supra identificada. SE ORDENA 1) al Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el Acta de Matrimonio bajo el No. 289, folio 9 vto. del año 1955, en el sentido que el nombre correcto del difunto esposo de Enedina del Carmen Colmenarez de Griman es “JESÚS GREGORIO GRIMAN MONTILLA” y no JOSE GREGORIO GRIMAN; y 2) al Jefe Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el Acta de Defunción bajo el N° 800, folio N° 401 Vto. en el sentido que el nombre correcto de la madre de Jesús Gregorio Griman Montilla es “PETRA MONTILLA” y no MARÍA DE MONTILLA. Expídase copia certificada de la sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los siete (07) días del mes de Octubre de dos mil cuatro. AÑOS: 194° y 145°.
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviarez
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec.
TGI/g.p.