En el día de hoy Cinco (05) de Abril del Dos Mil Cinco (2.005), se traslado y constituyo éste Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, siendo las Diez Y Cincuenta de la Mañana (10:50 a.m.) a la siguiente dirección: Urbanización La Mora, Avenida 26 Sector 01, casa N° 36, en compañía del Ciudadano: Graciano Rivero Ruth, C.I N° 1.782.341, en su carácter de la parte actora, y la Ciudadana: Raquel Mast Yustez, Inpreabogado N° 85.706, en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano Graciano Rivero Ruth C.I N° 1.782.341, con el objeto de hacer la Entrega del Inmueble a cuyas puertas el Tribunal se encuentra constituido, en el Juicio que por Reivindicación intentó el Ciudadano: Graciano Rivero Ruth, contra la Ciudadana Esther María Muñoz Brito, C.I N° 2.024.997, en el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Tribunal deja constancia que se encuentran presentes las Ciudadanas: Anahyr A. Reyna S; C.I N° 10.358.974 y Yexilay D Orozco C.I N° 10.363.953, en su carácter de Consejeras de Protección al Niño y al Adolescente, igualmente deja constancia que se encuentran presentes el Perito y el Depositario Ciudadanos: Franklin Chacón C.I N° 4.274.183 en su carácter de Perito Avaluador y Nelson J. Tavio C.I N° 3.433.646, en su carácter de Representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A, Quienes una vez que aceptaron sus cargos fueron juramentados y se comprometieron a cumplir fielmente las obligaciones que les impone la Ley. Presentes en dicho Inmueble unas personas que dijeron ser y llamarse Esther María Muñoz Brito C.I N° 2.024.997, parte demandada y la Ciudadana Rosario Elena Rusa Rodríguez C.I N° 7.362.945 quien manifestó ser nuera de la demandada a quien el Tribunal notificó de su misión de Entrega Material del Inmueble constituido por una casa ubicada en la Urbanización la Mora, Sector 01, N° 36, La Victoria Estado Aragua, decretado por el Tribunal de la causa, quienes una vez notificadas permitieron el acceso al inmueble objeto de la Entrega Material, El Tribunal deja constancia que en el interior del Inmueble se encuentran la adolescente Roxana Blanco Rusa, titular de la C.I N° 19.864.952 de Quince años de edad (15) y los niños Ivanna Karina Blanco Rusa titular de la C.I N° 21.027.543 de Once (11) años de edad, y David José Blanco Rusa, sin Cédula de Identidad, de Diez (10) años de edad, los cuales fueron retirados por su madre la Ciudadana: Rosario Elena Rusa Rodríguez, C.I N° 7.362.945 por su propia cuenta, riesgo y responsabilidad a un sitio donde se les garantizara a los niños y al adolescente el cumplimiento de las normas que al efecto prevee la Ley Orgánica del Niño y Adolescente, en este estado las notificadas exponen: “Que proceden en este acto a retirar por su propia cuenta y riesgo los bienes muebles que se encuentran en el interior del Inmueble” En este estado el Tribunal Ejecutor conforme a lo decretado por el Tribunal de la causa hace entrega al Ciudadano Graciano Rivero Ruth, en su carácter de parte actora del inmueble constituido por una casa, ubicada en la Urbanización La Mora, Avenida 26, Sector 01, casa N° 36, La Victoria Estado Aragua, la cual se encuentra en mal estado de conservación y mantenimiento quien declara que lo recibe en el estado arriba descrito. El Tribunal habiendo terminado su misión ordena el regreso a su sede siendo la Una y Cuarto de la tarde (1:15 p.m.)
La Juez

Dra. Emma Constanza García Bello
C.I N° 3.720.889



Las Notificadas.-



La Parte Actora.-



Apoderada Judicial de
La Parte Actora.-



Las Consejeras de Protección
Al Niño y Adolescente del
Municipio José Félix Ribas




El Perito.-




El Depositario.-




La Secretaria.-