En el día hábil de hoy, Jueves 01 de Diciembre de 2005, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen en su condición de parte actora y demandada, los apoderados judiciales ut-supra identificados, el Apoderado Judicial de la parte demandada consigna en dos folios útiles instrumento poder que acredita su representación. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. En este estado el Tribunal deja constancia de que las demandadas consignan sus respectivos escritos de pruebas los cuales fueron devueltos en razón del acuerdo alcanzado en los términos siguientes: El apoderado Judicial de la parte demandada expone: A los fines de dar por terminado el presente proceso ofrece cancelar a la parte actora la suma de Bs.2.500.000, en este acto, a través de cheque a favor del actor librado contra el Central Banco Universal, cuya copia se ordena agregar a los autos, por todos y cada uno de los conceptos demandada como diferencia, ello en razón de que es lo único se le adeuda en virtud de ya le habían sido cancelados los conceptos demandados con anterioridad por mi representada según se evidencia de la planilla de liquidación respectiva. En este estado, el Apoderado Judicial de la parte actora, anteriormente identificado, manifiesta libre de constreñimiento alguno, que acepta el ofrecimiento formulado en este acto para su representado por la parte demandada en los términos y condiciones anteriormente expuestos, declarando que nada se le adeuda por los conceptos aquí demandados, ni por ningún otro, derivado de la relación de trabajo que existió entre las partes.