En el día de hoy Diez (10) de Mayo del Dos Mil Cinco (2.005), siendo la 1:30 p.m., previa habilitación del tiempo necesario se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua a la siguiente dirección: Un terreno ubicado en el lugar denominado El Guasito, Jurisdicción del Municipio Tovar del Estado Aragua, el cual esta comprendido por los siguientes linderos los cuales se señalan en el escrito libelar, Norte: En Noventa y Cuatro Metros (94 Mtrs), con terrenos que fueron comunales, después de Francisco Santini; Sur: En Ciento Veinticinco Metros (125 Mtrs), en parte con terreno que es o fue de Erasmo Carmelo Mitrano y en parte con el Río Tuy; Este: En Ciento Cincuenta Metros (150 Mtrs) con terreno que fue con Martín Durr, después de Félix Fher Gerig y Oeste: En Ciento Cuarenta y Nueve Metros (149 Mtrs) con terrenos que son o fueron comunales, en compañía del Abogado Luís Pérez Barreto, inscrito en el Inpreabogado N° 5.483, en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Actora, Ciudadana Gilda Eulalia Gerig de Hernaiz, C.I N° 3.160.485, quien se encuentra presente en este acto, con el objeto de dar cumplimiento, a la Medida de Entrega Material, decretada en el Juicio por Querella Interdictal Restitutoria, seguido por la Ciudadana Gilda Eulalia Gerig de Hernaiz, contra José Javier Godoy por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Estado Aragua. El Tribunal deja constancia que se encuentran presentes en este acto la Ciudadana María Anilegna Mayora Anderson C.I N° 12.716.568, en su carácter de Representante del Concejo de Protección al Niño y Adolescente del Municipio Tovar y los Ciudadanos Laya Oscar Arturo José C.I N° 6.156.339, en su carácter de Perito Avaluador, Pereira Linares Wilmer Rafael C.I N° 17.175.619, en su carácter de Practico y Nelson Jesús Tavio Arrivillaga en su carácter de Representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A, quienes una vez que aceptaron sus cargos fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. Presente en dicho Inmueble una persona que dijo ser y llamarse Godoy Gómez José Javier C.I N° 16.128.290, a quien el Tribunal notificó de su misión y quien permitió el acceso y quien es parte demandada en el presente Juicio y quien expone: “Procedo en este acto a efectuar la entrega del Inmueble objeto de la Entrega Material, totalmente libre de bienes y personas.” En este estado el Tribunal deja constancia que en el interior del inmueble se encuentran 1.700 matas de arbejas, en etapa inicial que poseen un valor aproximado de Trescientos Mil Bolívares (Bs. 300.000), 1.400 matas de Tomate en etapa inicial que poseen un valor aproximado a juicio del perito avaluador designado de Ciento Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 150.000) y 120 matas de Ajo en mal estado que poseen un valor aproximado a juicio del perito avaluador de Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 50.000). El terreno objeto de la Entrega Material se encuentra en regular estado y posee un valor aproximado a juicio del perito avaluador de Dieciséis Millones de Bolívares (Bs.16.000.000). El Tribunal deja constancia que se asistió del práctico designado para verificar el estado general del terreno, conforme a lo decretado por el Tribunal de la causa. En este estado el Tribunal Ejecutor procede a hacer la entrega material a la Ciudadana Gilda Eulalia Gerig de Hernaiz de un terreno ubicado en el lugar denominado el Guasimo del Municipio Tovar del Estado Aragua, el cual esta comprendido dentro de los siguientes linderos, los cuales se señalan en el escrito libelar Norte: En Noventa y Cuatro Metros (94 Mtrs), con terrenos que fueron comunales, después de Francisco Santini; Sur: En Ciento Veinticinco Metros (125 Mtrs), en parte con terreno que es o fue de Erasmo Carmelo Mitrano y en parte con el Río Tuy; Este: En Ciento Cincuenta Metros (150 Mtrs) con terreno que fue con Martín Durr, después de Félix Fher Gerig y Oeste: En Ciento Cuarenta y Nueve Metros (149 Mtrs) con terrenos que son o fueron comunales, el cual se encuentra registrado en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Ricaurte del Estado Aragua (Victoria) en fecha 28-06-1.994, quedando anotado bajo el N° 24, folios 108 al 110, Protocolo I, Tomo 13, Trimestre II, con el estado y siembra arriba señalado, totalmente libre de bienes y personas, niños y adolescentes, el Tribunal deja constancia que los bienes de los cuales se encuentra libre el terreno, son bienes muebles y en su interior se encuentra construido un cuarto de zinc, con piso de tierra de Dos Metros con Sesenta Centímetros (2,60 Mtrs) por Tres Metros con Cuarenta Centímetros (3,40 Mtrs). El Tribunal habiendo cumplido su misión declara terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 6:50 p.m., Es todo, termino, se leyó y estando conformes firman.-
La Juez
Dra. Emma Constanza García Bello
C.I 3.720.889



El Notificado



La Parte Actora


El Apoderado Judicial
De la Parte Actora


La Concejera del Concejo
De Protección del Niño y Adolescente



El Perito Avaluador


El Práctico



El Depositario Judicial





La Secretaria