En el día de hoy Dieciséis (16) de Mayo del Dos Mil Cinco (2005), siendo las 10:20 a.m., previa habilitación del tiempo necesario se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua a la siguiente Dirección: Local Comercial distinguido con la Letra y N° A-58, ubicado en el nivel planta baja del Centro Comercial Victoria Center, Primera Fase de la Segunda etapa, La Victoria Estado Aragua, en compañía de la Ciudadana Cafiso Spadaro Vicenza Aurora de Felice, mayor de edad, de nacionalidad Italiana, C.I N° 582.710, parte actora, debidamente asistida por el Abogado Alejandro Puccini Miranda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.105, con el objeto de dar cumplimiento a la medida de Entrega Material y Embargo Ejecutivo, decretada con motivo del Juicio seguido por la Ciudadana Cafiso Spadaro Vicenza Aurora de Felice, contra el Ciudadano Mahmod Asaad Chalich , por ante el Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción del Estado Aragua. El Tribunal deja constancia que se encuentran presentes en este acto los Ciudadanos: Laya Oscar Arturo José, mayor de edad, venezolano, C.I N° 6.156.339, en su carácter de Perito Avaluador y Nelson Jesús Tavio Arrivillaga, mayor de edad, venezolano C.I N° 3.433.646, en su carácter de Representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A., quienes una vez que aceptaron sus cargos fueron juramentados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la Ley. Presente en dicho inmueble a cuyas puertas el Tribunal se encuentra constituido una persona que dijo ser y llamarse Monasterio Rolo José Reinaldo, mayor de edad, venezolano titular de la C.I N° 8.691.234, a quien el Tribunal notifico de su misión, permitió el acceso y manifestó ser empleado del Ciudadano Mahmod Asaad Chalich, parte demandada en el presente Juicio y quien expone: “Procedo en este acto ha hacer entrega del Inmueble objeto de la Entrega Material totalmente libre de Bienes y Personas al Tribunal Ejecutor”. En este estado el Tribunal Ejecutor conforme a lo decretado por el Tribunal de la causa procede ha hacer la Entrega Material de un Inmueble constituido por un Local Comercial, distinguido con la letra y N° A-58, ubicado en el nivel Planta Baja del Centro Comercial Victoria Center, Primera Fase, de la Segunda etapa, La Victoria Estado Aragua, a la Ciudadana Vincenza Aurora Cafiso S; el cual se encuentra en mal estado de conservación y mantenimiento en general, sus pisos, paredes y baño. En este estado la parte actora debidamente asistida por su Abogado Expone: “Solicito al Tribunal Ejecutor se abstenga de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado de la causa, por los actuales momentos”. En este estado el Tribunal Ejecutor oída la anterior exposición acuerda de conformidad y se abstiene de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo decretado por el Tribunal de la causa por los actuales momentos y ordena mantener la presente Comisión en el estado en que se encuentra en el Tribunal, hasta que sea solicitado nuevo traslado por la parte actora. El Tribunal habiendo cumplido su misión declara terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 3:30 p.m., Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.
La Juez
Dra. Emma Constanza García Bello
C.I N° 3.720.889
El Notificado.-

La Parte Actora
El Abogado Asistente

El Perito Avaluador

El Depositario Judicial

La Secretaria