REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-F-2004-000850

Los ciudadanos FLORENTINO JESUS GIMENEZ CHIRINOS y CONSUELO DEL CARMEN RODRÍGUEZ RIVERO, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.598.350 y 11.431.858 respectivamente, ambos de este domicilio, manifestaron estar separados, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicitan el Divorcio. Acompañaron Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 01 de Octubre de 2.004, se ordenó la comparecencia de ambos cónyuges, a fin de ser identificados por el Tribunal y para que ratifiquen la presente solicitud. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos FLORENTINO JESUS GIMENEZ CHIRINOS y CONSUELO DEL CARMEN RODRÍGUEZ RIVERO, por ante la Alcaldía del Municipio Urdaneta del Estado Lara, en fecha 02 de Diciembre de 1.977. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese a la Alcaldía y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil cinco.

La Juez., El Secretario acc.,

Abg. Tania M. Pargas Canelón Abg. Roger J. Adan Cordero.

Publicada en su fecha a las 02:47 p.m.

TMPC/RJAC/jysp.