ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000544
PARTE ACTORA: JULIO CESAR ALVAREZ ESCALONA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: “CERVECERIA POLAR”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: María Arrese-Igor.
MOTIVO: ESTABILIDAD LABORAL


En el día hábil de hoy, lunes diez (10) de abril de 2006, día y hora fijado (09:00 a.m.) para que tenga la lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de ESTABILIDAD, incoado por el ciudadano JULIO CESAR ALVAREZ ESCALONA contra la demandada “CERVECERIA POLAR”. Seguidamente este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana: MARÍA ARRESE-IGOR, titular de la cédula de identidad N° 17.706.683, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.012, en su carácter apoderado judicial de la parte demandada “CERVECERIA POLAR” según poder que consignan en este acto, e igual forma se deja constancia que la parte actora, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareció a la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que a la parte demandada presentó escrito de pruebas al inicio de la audiencia, el cual fue devuelto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los diez (10) días del mes de abril de dos mil seis (2006). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 146° y 195°
El Juez


Abg. Franklin Porras Mendoza

El Secretario





La Presente
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”