REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL
Maracay, 04 de Abril de 2.006.
195° y 147°
Vista la presentación que en condición de detenido hiciese el ciudadano Fiscal 9no del Ministerio Público del Estado Aragua, del ciudadano CARLOS ISTURIZ MORENO, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.084.483 y residenciado en la el Barrio la Coromoto, Avenida 103, N° 28, Maracay, Estado Aragua; oída la intervención del ciudadano Fiscal, así como los alegatos de la Defensa, decidiendo al final de la Audiencia, la LIBERTAD PLENA del imputado, pasa en consecuencia este Juez a razonar el presente Auto de la siguiente manera:
De acuerdo con la Denuncia cursante en el folio 2, interpuesta por el ciudadano CARLOS PEREZ, donde manifiesta que cuando procedió a cobrarle el pasaje al imputado, éste le entregó un ticket que estaba a nombre de otra persona, por lo que le exigió que le entregue su ticket o le pague el pasaje completo, lo que motivó que el referido imputado comenzara a insultarlo y al bajarse de la unidad de pasajeros le rompió la mica trasera del vehículo y con una piedra le golpeó el vehículo, considerando el Ministerio Público que se trate de un tipo penal que procede a instancia de parte; y al no estar llenos los extremos del ordinal 1ero del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión debe ser la LIBERTAD PLENA, y así se decide.
Se ordena la devolución de las actuaciones a la ciudadana Fiscal para proseguir el Procedimiento Ordinario.