REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 25 de Abril de 2006.
195° y 147°.
Expediente N°: 27.385.
Fue admitida en fecha 21 de noviembre de 2005, la anterior solicitud de Rectificación Ordinaria de Partida de Nacimiento, según solicitud hecha por la ciudadana: FLOR ELENA SALAZAR HERRERA, Venezolana, casada, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.9.672.829, asistida por la abogada Blanca Gallardo, en su carácter de Defensora Pública N°: 2 adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Aragua, en la cual expone que su hija, la niña: VICTORIA DE LOS ANGELES, de 06 años de edad, lleva por apellidos ALVAREZ HERRERA, pero en vista del reconocimiento hecho por el ciudadano LORENZO SALAZAR ZAMORA, a su hija la ciudadana FLOR ELENA, los apellidos de la niña VICTORIA DE LOS ANGELES, cambian totalmente. Se anexa a la solicitud copia certificada de la partida de nacimiento tanto de la solicitante como de la niña, las cuales corren insertas en los libros del Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, y por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua.
Admitida la solicitud como Rectificación de Partida Ordinaria, se ordenó la publicación de un Edicto de Emplazamiento a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo en la solicitud. Dicho Cartel fue publicado y consignado en fecha 14 de diciembre de 2005.
En fecha 03 de Abril de 2006, la ciudadana FLOR ELENA SALAZAR, consigna escrito donde promueve a las ciudadanas: GAUDY YAMILYS HERNÁNDEZ HURTADO Y MARJORIE CAROLINA TORREALBA DE HIDALGO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°. V-12.994.302 y V-10.535.545, respectivamente, como testigos en la presente causa, quienes en fecha 18 de abril de 2006, comparecieron ante este Tribunal y manifestaron que si es cierto y les consta que la ciudadana FLOR ELENA, fue reconocida por su padre el ciudadano LORENZO SALAZAR ZAMORA.
Verificado el Procedimiento anterior y por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República y por
autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta, en consecuencia ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la niña: VICTORIA DE LOS ANGELES, en los libros de registro Civil de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en el sentido que donde aparece el nombre de la ciudadana FLOR ELENA HERRERA, debe decir: FLOR ELENA SALAZAR HERRERA. Ofíciese lo conducente a los funcionarios correspondientes con copia certificada de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los Veinticinco (25) días del mes de Abril de 2006. Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ TITULAR.
Dr. SERGIO PEREZ SAYA.
LA SECRETARIA.
Abog. DALIA BARRETO LÓPEZ.
En esta misma fecha se publicó la anterior sentencia, previo anunció de ley, siendo las (09:10 a.m.)
La Secretaria.
SPS/dbl/Yranis
Exp. N°.27.385.
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