REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
1ERO. EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY.

En el día de hoy 20 de Abril del año 2006, siendo las 3:00 pm día fijado para la práctica de la medida de Entrega Material decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la circunscripción judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio por Cumplimiento de Contrato incoado Juan José Medina contra Gabriel Onofrio Di Nino García, Angelo Gianstefano Di Nino García; Rosanna Nunziata Di Nino García; Clara Rosina Di Nino García; Aldo Onofrio Di Nino García y Onofrio Giuseppe Di Nino; Se trasladó y constituyó El Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mariño Briceño Iragorry del Estado Aragua, en compañía del apoderado judicial de la parte actora abogado Orlando Pacheco I.P.S.A N° 41.699, y del Funcionario de Protección al niño y adolescente ciudadano Federico Pombo titular de la cedula de identidad N° V – 3.190.198, en el barrio Independencia N° 61, calle C, Maracay del Estado Aragua, alinderado de la siguiente manera: Norte: con parcela que ocupa Macario Vásquez; Sur: con parcela y casa que ocupa francisco padrón; Este: calle C que es su frente y Oeste: con parcela que ocupa nicolaza pacheco. De inmediato el tribunal procedió a dar los toques de ley a las puertas del referido inmueble siendo atendidos por una ciudadana que se identificó como Miriam Jahir Torres Rodríguez titular de la cedula de identidad N° V –12.565.454, quien permitió le libre acceso al inmueble y a quien el Tribunal Notificó de su misión y quien manifestó ser ocupante del inmueble desde hace 4 años, informando al tribunal que ingreso al inmueble cuando se encontraba abandonado sin poseer titulo alguno y le entrega al tribunal factura de electricidad en original cuyos datos del cliente es Di nino García A, la cual el tribunal da por recibida y ordena agregar a los autos. Acto seguido el tribunal a fin de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa consagrada en el artículo 49 numeral 1 ° constitucional, concede un lapso de espera de (30) minutos a objeto de que se haga presente abogado de confianza, cualquiera de los demandados y/o terceros con intereses legítimos y directos en la presente actuación judicial. En este estado el siendo las 3:30 pm, vencido el lapso concedido sin que se hubiese hecho presente persona alguna y sin oposición a la presente medida, el tribunal concede el derecho de palabra a la parte actora abogado Orlando Pacheco Ipsa N° 41.699, quien exponen: “Solicito al tribunal sirva a practicar la medida para lo cual fue comisionado y en consecuencia se me haga entrega del inmueble libre de personas y bienes, es todo”. En este estado el Tribunal El Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mariño Briceño Iragorry del Estado Aragua, visto loa anterior en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Ordena la materialización real y efectiva de la medida comisionada; SEGUNDO: Ordena la Entrega del inmueble al apoderado judicial de la parte actora ;TERCERO: Ordena designación y juramentación de perito avaluador; CUARTO: Ordena prohibir la entrada al inmueble de personas sin interés legitimo y directo en la presente actuación judicial, de conformidad con el articulo 26 constitucional, en concordancia con el articulo 7 del C.P.C; QUINTO: Ordena a la Secretaria dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 188 y 189 d el CPC. Cúmplase. En este estado la notificada ciudadano Miriam Jahir Torres Rodríguez manifiesta al tribunal que retira sus bienes bajo su cuenta, riesgo, y responsabilidad al barrio 11 de abril, calle petión N° 17 Maracay Estado Aragua; Acto seguido El tribunal designa como perito avaluador al ciudadano Omar Chaviedo, titular de la cedula de identidad N° V-3.518.570, quien encontrándose presente Acepta el cargo y jura cumplirlo bien y fielmente. En este estado siendo las 3:43 p.m, se hizo presente un ciudadano que se identificó como Marco Antonio Torres Rodríguez, titular de la cedula de identidad N° V –9.675.375, quien manifestó ser esposo de la notificada Miriam Torres, quien se encuentra debidamente asistido por la abogada Manuela Mayela Morales Ipsa N° 111.148, a quienes el tribunal notifico de su misión y quienes exponen “ Nunca se me notifico para nada de que esto se encontraba en tribunal ni nada y desconozco cualquier tipo de contrato e inclusive desconozco los que se imponen como dueños del inmueble, en ningún momento me notificaron de nada, ni se apersonaron aquí nunca vino nadie de ningún tribunal ni dueño de la casa para hablar conmigo, mas ni yo ni mi familia nos oponemos a la medida de ejecución, pero dejo esta pregunta ¿ ahora que hago?, porque están echando a la calle niños y mujeres madre de familia, es todo”. En este estado la ciudadana Yarisbahy de las Diosas Rodríguez, titular de la cedula de identidad N° V- 18.554.302, quien manifiesta ser esposa de Marco Torres y ocupante del inmueble; de igual forma se encuentran como ocupantes del inmueble los ciudadanos Andrés Ladera Rodríguez, titular de la cedula de identidad N° V- 7.214.426 y Maryosi Dailubet Rojas, titular de la cedula de identidad N° V- 12.338.138, a quienes el tribunal notificó de su misión y quienes manifestaron retiras sus bienes bajo su cuneta, riesgo y responsabilidad al Barrio independencia callejo C, casa N° 65, Maracay. En este estado el perito avaluador expone: “El tribunal se encuentra constituido en el inmueble ubicado en el barrio Independencia N° 61, calle C, Maracay del Estado Aragua, alinderado de la siguiente manera: Norte: con parcela que ocupa Macario Vásquez; Sur: con parcela y casa que ocupa francisco padrón; Este: con calle C que es su frente, frente al negocio Servicios 16-23 ( V.J) y Oeste: con parcela que ocupa nicolaza pacheco; el cual consta de 4 habitaciones, 1 baño, sala, porche, cocina, comedor, y un pequeño patinen la entrada, paredes y techo en regular estado, el cual avalúo en Bs. 40.000.000,00 es todo”. En este estado el Funcionario de Protección al niño y adolescente del municipio Girardot expone: “consigno en este acto acta levantada por este consejo de protección constante de un folio útil, es todo”. El tribunal vista la anterior consignación la da por recibido y ordena agregar a los autos; En este estado el ciudadano Roger Magdiel Polanco González, titular de la cedula de identidad N° V-9.69.278, retira del inmueble donde se encuentra constituido el tribunal, un vehículo marca Volkswagen, modelo escarabajo, año 78, color azul, placas BBZ-571, serial carrocería 115299612, el cual no tiene stop trasero, faro delantero, vidrio trasero, parachoques delanteros y traseros y no posee motor, el cual manifiesta ser el propietario del mismo y presenta afectos videndi original de titulo de propiedad y consigna copia simple, cuyo papeleo se esta realizando. En este estado el tribunal ordena agregar a los autos la copia consignada. El Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mariño Briceño Iragorry del Estado Aragua, hace entrega Material, Real y efectiva del inmueble al apoderado judicial de la parte actora abogado Orlando Pacheco quien encontrándose presente expone: “ Recibo el inmueble objeto de la medida completamente desocupado de personas y bienes, tal como lo ordenó la comisión expedida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil del Estado Aragua , dejo expresa constancia de que en la ejecución de la medida se le respetasron a todos los ocupantes del inmueble los derechos y garantias que establece la constitución nacional, en consecuencia recibo en conformidad en nombre de mi representado el inmueble deslindado en la presente causa, es todo”. Cumplida la misión del tribunal se ordena el regreso a su sede natural siendo las 5:04 p.m Es todo, Termino, se leyó y conformes firman .-
EL JUEZ,
DR. JOSÉ FRANCISCO HERNÁNDEZ GARCÍA
EL APODERADO ACTOR
ABOG ORLANDO PACHECO (FDO)
LAS NOTIFICADAS
MIRIAM TORRES (FDO)
YARISBHAY RODRÍGUEZ (FDO)
EL NOTIFICADO ASISTIDO DE ABOGADO
MARCO TORRES (FDO)
ABOG. MANUELA MORALES (FDO)
LOS NOTIFICADOS
MARYORSI ROJAS (FDO)
ANDRES LADERA (FDO)
EL PERITO
OMAR CHAVIEDO (FDO
EL FUNCIONARIO DE PROTECCIÓN
FEDERICO POMBO (FDO)
EL FUNCIONARIO POLICIAL
CABO 2 JOSÉ MARTINEZ (FDO)
ROGER POLANCO (FDO)
LA SECRETARIA
ABOG. ROSSANI MANAMA, (FDO)