En el día de hoy, Seis de Abril del año Dos Mil Seis, siendo las 9:45 de la mañana, se traslado y constituyó el Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a, fin de practicar medida de ENTREGA MATERIAL Y EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con motivo del juicio seguido por la Ciudadana FRANCISCA ALONSO DE SANCHEZ , titular de la cedula de identidad N° V-3.284.918, contra el Ciudadano AVILA ANDRADE LUIS FRANCISCO. por DESALOJO, quien en sentencia ha quedado definitivamente firme ordeno la entrega del inmueble constituido por un galpon de uso industrial y su respctivo terreno sobre el cual se encuentra construido, situado en el barrio Santa Rosa, Calle Pichincha Sur, N 69-A, jurisdiccion del Municipio Girardot, Maracay Estado Aragua, cuyos linderos son: NORTE: La Calle >San Miguel con 10 Mts; SUR: Casa que es o fue de Miguel Figueroa, con 9,90 Mts; ESTE: Casa que es o fue de Vicente Palacios, y OESTE: Calle pichincha con 39, 20 Mts, Se constituyo el Tribunal en Compañía del Apoderado Actor Abogado LEAL ANTONIAZZI NELSON JOSE, Inpreabogado N. 74.336. El tribunal en cumplimiento de su mision procedio a dar los tres toques de ley a la puerta del referido inmueble, sitio señalado por la parte actora, siendo atendido por una persona que se identifico como MATALLANA BEJARANO ALFREDO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.445.904, quien al ser notificado de la presente medida manifesto ser el propietario del negocio donde se encuentra constituido el Tribunal, y permitio el acceso al Tribunal al interior del inmueble, asi mismo señalo que va retirar de inmediato todos los bienes y va a trasladar a al Calle Pichincha N. 134, ya que el tenia conocimiento de la medida pero estaba buscando para mudarse un lugar sercano a este, y los bienes a trasladar son los siguientes: 3 Estantes de metal, dos de color verde y uno de color gris de 5 entrepaños, cada uno usado. 2 Vitrina con estructura de metal en vidrio de color rojo usadas. 1 Escritorio en metal con tope en vidrio ahumado de dos colores marron y gris usado. 1 Nevera pequeña de color blanco de una puerta Marca: General Electri usada, 3 Gatos de vehiculos tipo caiman dos de color rojo y uno gris usados. 6 tobos plasticos conteniendo muños y brazos locos para vehiculos, una poceta, 1 maquina electrica para soldar marca lincon, de color rojo usada, 1 Extintor de fuego de color rojo usado, 1 Maquina electrica, para soldar marca Cebora de color azul usada. 3 pantalla en metal de color gris usada, 1 Prenza hidraulica de color verde usada, 1 Taladro de pie Marca Super Condor de color verde usada 2 mesone de metal color gris cada uno con una prensa manualble usados, 2 Carruchas de metal de color rojo usadas. El tribunal aclara que al momento de la notificación de la presente medida de Entrega Material. El referido ciudadano manifesto que la ciudadana propietaria del local nunca quiso alquilarles el local que por recomendación de su abogado el le hizo unas consignaciones de arrendamiento, pero que realmente no tenia nada que le sustentara su permanencia en el lugar, que el tenia era una negociación con el ciudadano VILLA ANDRADE LUIS FRANCISCO, en relacion a una Empresa, pero no con respecto al inmueble. Y retirado como ha sido todos los bienes por el notificado, el tribunbal hace entrega Material del inmueble antes Identificado a la Ciudadana FRANCISCA ALONSO DE SANCHEZ, titular de la Cedula de Identidad N. V-3.284.918, a traves de su Apoderado Judicial Abogado NELSON JOSE LEAL ANTONIAZZI, Inpreabogado N. 74336, quien estando presente expone: Por medio de la presente actuación reciboen nombre de mi representada Ciudadana FRANCISCA ALONSO DE SANCHEZ, supra ampliamente identificada el Inmueble objeto de la medida a practicar, Igualmente me reservo la medida de Embargo Ejecutivo, sobre la cual pesa en los bienes de la parte demandada es todo. En este estado se hizo presente la Abogado NEYVA ELLILDA GONZALEZ C., Inpreabogado N. 105.594, asistiendo en este acto al Ciudadano Notificado MATALLANA BEJARANO ALFREDO, quien expone: “Dejo el Inmueble objeto de la presente de ENTREGA MATERIAL, libre de objetos, personas, para hacer posesion la dueña absoluta del mismo Es todo. Cumplida la misión del Tribunal ordena el regreso a su sede habitual, siendo las 2:00 P.M.,. Terminó, se leyó y conformes firman. Todo lo enmendado Vale.-
LA JUEZ,

ABG. EUMELIA VELASQUEZ M.
(Fdo) EL APODERADO ACTOR,
(Fdo.)

EL NOTIFICADO Y SU ABOGADO ASISTENTE,
(Fdo)


LA SECRETARIA ACC.

ROSA AURA BELLO G..
(Fdo.)

C-40-06