En el día de hoy Lunes, 17 de Abril de 2006, siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Prolongada en el presente proceso, comparecen la Parte Actora acompañada de su Apoderada Judicial Abogada YAMELIS DEL VALLE PORTILLO, supra identificados. Por la parte demandada, comparece la Apoderada Judicial Abogada RITA ELISA DAZA FLORES, plenamente identificada supra. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada manifiesta que persiste en el despido, en consecuencia ofrece pagar a la parte actora la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CATORCE BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (BS. 24.946.714,34), para ser pagados el día de hoy, a través de tres cheques por las siguientes cantidades y conceptos: El primer cheque, con el cual le da cumplimiento la accionada al pago de lo establecido en el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo; signado bajo el Nro. 14510700, contra la cuenta de la accionada Nro. 01050066401066231168, de la entidad bancaria Banco Mercantil, Banco Universal, con fecha 11 de Abril de 2006, por la cantidad de SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (BS. 6.534.566,40). El segundo cheque con el cual le da cumplimiento la accionada al pago de los Salarios Caídos; signado bajo el Nro.76510699, contra la cuenta de la accionada Nro. 01050066401066231168, de la entidad bancaria Banco Mercantil, Banco Universal, con fecha 11 de Abril de 2006, por la cantidad de CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (BS. 5.994.880,25). Y el último cheque con el cual le da cumplimiento la accionada al pago de las Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales; signado bajo el Nro. 67510701, contra la cuenta de la accionada Nro. 01050066401066231168, de la entidad bancaria Banco Mercantil, Banco Universal, con fecha 11 de Abril de 2006, por la cantidad de DOCE MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (BS. 12.417.267,69). Dejando expresa constancia que las cantidades ofrecidas son por los conceptos indicados supra y que se especifican en el Documento transaccional que se anexa a ésta acta constante de cinco (5) folios útiles y las tres (3) copias simples de los respectivos cheques. En éste estado la parte actora oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con los montos ofrecidos y la forma de pago.