En el día hábil de hoy Lunes, 24 de Abril de 2006, siendo las 11:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA DE QUE SE ENCUENTRA PRESENTE LA PARTE ACTORA, a través de sus Apoderados Judiciales Abogados MARCO ANTONIO CUBA VIVAS Y YESSICA BOLIVAR GUEVARA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números107.845 Y 113.353 respectivamente, quienes consignan su escrito de promoción de pruebas constante de tres (03) folios útiles y ciento treinta y tres (133) folios anexos, dichas pruebas la ciudadana Juez ordena agregarlas en este acto al expediente. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de la no comparecencia a esta Audiencia, de la parte demandada, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante.