REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 10


Caracas, 09 de Agosto de 2006
196º y 147º



EXPEDIENTE Nº 10As 1890-06
JUEZ PONENTE: DRA. WENDI SÁEZ RAMÍREZ



Revisadas como han sido las actuaciones en el presente expediente, para que esta Sala emita el pronunciamiento en lo que se refiere al Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el profesional del derecho EDUARDO SOLORZANO ARAUJO, en su condición de Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 05 de Junio de 2006, mediante la cual ABSOLVIO a la ciudadana ALEXMAR CHARLOTTE RUBIN ARANGUREN por los cargos que le fuesen formulado por la perpetración del delito de Tentativa De Robo De Vehículo Automotor En Grado De Complicidad previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor en relación con el 82 del Código Penal y de conformidad con las previsiones de los artículos 365 y 367 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Observa esta Alzada que en el presente recurso no está configurado alguno de los supuestos de inadmisibilidad previstos en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, pues el ciudadano EDUARDO SOLORZANO ARAUJO, en su condición de Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público, poseen legitimación para recurrir de la decisión del Juez A quo, y además que el recurso fue interpuesto dentro del lapso que establece el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia recurrida no es de aquellas declaradas inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa del Código Orgánico Procesal Penal.


En consecuencia la Sala concluye que lo procedente y ajustado a derecho es ADMITIR el recurso interpuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.

Admitido como ha sido el presente recurso de apelación de sentencia; en consecuencia se fija a las Once horas de la mañana (11:00 a.m.) del décimo (10°) día hábil siguiente al presente auto, el acto de la Audiencia Oral en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.


Por lo anteriormente expuesto, esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley; emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el profesional del derecho EDUARDO SOLORZANO ARAUJO, en su condición de Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas , de fecha 05 de Junio de 2006, mediante la cual ABSOLVIO a la ciudadana ALEXMAR CHARLOTTE RUBIN ARANGUREN por los cargos que le fuesen formulado por la perpetración del delito de Tentativa De Robo De Vehículo Automotor En Grado De Complicidad previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor en relación con el 82 del Código Penal y de conformidad con las previsiones de los artículos 365 y 367 ambos del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se fija a las once de la mañana (11:00 a.m.) del décimo (10°) día hábil siguiente al presente auto, el acto de la Audiencia Oral en la presente Causa.


Regístrese, diarícese, déjese copia y notifíquese a las partes.


LA JUEZ PRESIDENTE,


RITA HERNANDEZ TINEO

LAS JUECES INTEGRANTES,


ALEGRÍA LILIAN BELILTY BENGUIGUI WENDI SÁEZ RAMÍREZ
(PONENTE)

LA SECRETARIA


CLAUDIA MADARIAGA SANZ.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


CLAUDIA MADARIAGA SANZ.



RHT/ALBB/WSR/cms/ei.
EXP N° 10As 1890-06.