Vista la solicitud que hiciera la Dra. MIRLENYS GUEVARA BAUTE, en su condición de Fiscal Duodécima del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en escrito que riela en la presente causa recibida de fecha 24-04-2006, conforme a la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada mediante Acta de Trascripción de Novedades Diarias llevadas por la División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, este Tribunal para decidir previamente observa:
Ciertamente el 13-04-2004 por ante la División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se recibió llamada telefónica donde informaban que en el interior de la sede de la División de Investigaciones de la Policía Metropolitana, ubicada en Maripérez, se encontraba el cuerpo de una persona sin signos vitales presentando heridas producidas presumiblemente por arma de fuego, no aportándose más datos al respecto.
Igualmente cursa ACTA POLICIAL, de fecha 13-10-2004, suscrita por el Agente RIVERA WILSON, adscrito a la Brigada “B” de Investigaciones, División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, dejando constancia entre otras cosas de lo siguiente: “…Una vez presente en el lugar de los acontecimientos específicamente en el Dormitorio de los Sargentos, de la División de la Policía Metropolitana, ubicada en Maripérez,… yacía sobre una cama de metal, tipo litera,… en la parte inferior, en posición decubito Dorsal, el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino,… se le pudieron apreciar dos heridas homólogas a la producidas por el paso de proyectiles disparados presumiblemente por arma de fuego… Orificio de forma irregular en la región temporal derecha con exposición de restos cefálicos y óseos, orificio de forma irregular en la región temporal izquierda. El mismo quedó identificado… como: Jaime Henry HUMBERTO COLMENARES,… quien se desempeñaba como funcionario activo de la policía Metropolitana,… sostuvimos coloquio con el funcionario… Eduardo Alexis VIVAS LAGOS,…con… PERAZA GÓMEZ Alexis José,… asimismo la Comisión… procedió a fijar y colectar un arma de fuego, tipo Revólver marca Smith & Wesson, modelo Mágnum, calibre .357, serial de orden número CCN2437, con empuñadura de goma, color niquel, encontrándose en los alvéolos de su nuez volcable una concha percutida y cinco balas sin percutir, todas del mismo calibre… igualmente se fijó y colectó adyacente donde se encontraba el hoy extinto, en la pared inferir de un loker… un proyectil…”
Cursa ACTA DE LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER de fecha 13 de Octubre de 2004, suscrita por los funcionarios JESÚS BENAVIDES y DANIEL HURTADO, quienes entre otros particulares dejaron constancia de lo siguiente: “…yacía sobre una cama, tipo litera, en la parte inferior, en posición decubido Dorsal, el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, se le pudieron apreciar dos heridas homólogas a la producida por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego… Orificio de forma irregular en la región temporal derecha con exposición de restos cefálicos y óseos, orificio de forma irregular en la región temporal izquierda. El mismo quedó identificado… como: Jaime Henry HUMBERTO COLMENARES,… quien se desempeñaba como funcionario activo de la policía Metropolitana,…”
Cursa ENTREVISTA, de fecha 13-10-2004, rendida por la ciudadana: COLMENARES DE DUQUE ANA GLADYS, por ante la División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y quien entre otras cosas manifestó lo siguiente: “Siendo… horas de la mañana del día de hoy, me llamó una vecina… indicando que me fuera para mi casa porque “NENE”… mi hermano, había sufrido un accidente,… se encontraba fallecido en la División de Investigaciones,… CUARTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento cómo sucedieron los hechos en el cual su hermano perdió la vida? CONTESTO: “Me contaron los compañeros de trabajo que siendo aproximadamente las seis de la mañana del día de hoy, subieron al dormitorio para despertarlo para que le diera parte al Comisario, fue cuando él respondió que ya bajaba pasaron varios minutos y volvieron a llamarlo y fue cuando se percataron que el mismo se encontraba sin signos vitales”…SEXTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento si su hermano tenía algún problema personal? CONTESTO: “El tenía problemas con su esposa… Dalia Yusmery ROMERO COLON, pero ellos se habían reconciliado hace diez días, pero el día Domingo 10-10-04, llegó a mi casa y llamó a su hija que le trajera un pantalón y una camisa de su casa y el día de ayer llegó temprano a mi residencia no conversé con él y se fue a trabajar, enterándome hoy que había fallecido” SÉPTIMA PREGUNTA: Diga usted, su hermano le llegó a comentar en alguna oportunidad que se quería quitar la vida? COTESTO: “Hace tiempo él cuando se encontraba bajo los efectos del alcohol decía que se quería quitar la vida, pero el día de hoy mi hermana Maritza COLMENARES me llamó y yo le pregunté que si sabía cómo había sucedido el hecho, ella me respondió que o sabía ya que no le habían dicho nada, fue cuando yo le dije él se metió un tiro, y ella me respondió que desde hace varios días él tenía diciendo que se iba a quitar la vida”…”
Cursa ENTREVISTA, de fecha 13-10-2004, rendida por el funcionario, ciudadano: RIVAS COSME DAMIAN, por ante la División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y quien entre otras cosas manifestó lo siguiente: “…hoy… tres horas de la madrugada llegué a la Dirección… me trasladé al Dormitorio de los Sargentos, donde me acosté y me levanté a las cinco y media de la mañana, fue que me dirigí a la residencia del Comisario y siendo… las seis y media… escuché por transmisiones que el Sargento Henry Jaime, se había dado un tiro,… TRCERA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento si el hoy Occiso Henry Jaime tenía algún problema personal? CONTESTO: “Según lo que escuché era que tenía problemas con su esposa”…”
Cursa ENTREVISTA, de fecha 13-11-2004, rendida por el funcionario, ciudadano: PERAZA GÓMEZ ALEXIS JOSÉ, por ante la División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y quien entre otras cosas manifestó lo siguiente: “El día 13 de Octubre… y siendo las cinco horas de la mañana se acercó al dormitorio de Sargentos un Agente de Apellido Lara, llamando al Sargento… Jaime que se levantara que estaban llegando los Jefes, contestándole él mismo que ya bajaba, me volví a Acostarme, al rato… el Agente Lara me despertó, informándome que el Agente se había dado un tiro,… OCTAVA PREGUNTA: Diga usted, llegó a escuchar algún comentario de cuál era el motivo que el Sargento Jaime se quitara la vida? CONTESTÓ: “Si, porque tenía problemas con su esposa”…”
Cursa EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL Y HEMATOLÓGICA de fecha 20 de Octubre de 2004, suscrita por la Detective BLANCA Y, SÁNCHEZ, quien entre otros particulares dejó constancia de lo siguiente: “…1.- Las pequeñas costra de aspecto pardo rojizo en estudio, presentes en la superficie de la pieza. Son de naturaleza hemática, no pudiendo determinar su grupo específico por lo exiguo del material. 2.- En la superficie de las piezas, balas, concha y proyectil, no se detectó presencia de material de naturaleza hemática…”
Cursa ACTA DE DEFUNCIÓN expedida en fecha 28 de Octubre de 2004 y suscrita por el ciudadano: ECO EDITH CARDOSO RONDÓN, Jefe Civil de la Parroquia El Recreo, donde se deja constancia que el ciudadano quien en vida respondiere al nombre de: HENRI HUMBERTO JAIMEN COLMENARES, falleció a consecuencia de: TRAUMATÍSMO CRANEOENCEFÁLICO SEVERO. HERIDA POR ARMA DE FUEGO A LA CABEZA.
Cursa EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TÉCNICO Y COMPARACIÓN BALÍSTICA de fecha 23 de Octubre de 2004, suscrita por los funcionarios YENNIFER YORAHSY SANOJA e ISLEY CAROLINA MORALES, Expertos en Balística, quienes entre otros particulares dejaron constancia de lo siguiente: “…1.- La concha y el proyectil calibre .357 mágnum, suministrados como incriminados, fueron percutada y disparado, respectivamente, por el arma de fuego, tipo REVOLVER, marca Smith & Wesson, Calbre .357 mágnum, serial de orden CCN2437,…”
Cursa ENTREVISTA, de fecha 08-11-2004, rendida por la ciudadana: ROMERO COLON DALIA YUSMERY, por ante la División de Investigaciones de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y quien entre otras cosas manifestó lo siguiente: “…El día trece de Octubre… recibí llamada telefónica de un Compañero de trabajo de mi esposo Henry Humberto Jaime Colmenares, de nombre Lara,… quien me informó que mi exconcubino se había quitado la vida… mi esposo se la pasaba llorando con mis hijos y decía que él se tenía que ir, motivado a que había cometido muchos errores, también manifestaba que a la mujer que tenía en estos momentos,… le había pegado cachos y que se sentía desmoralizado… QUINTA PREGUNTA: Diga usted, tiene conocimiento si el ciudadano Henry Humberto JAIME COLMENARES le llegó a comentar a alguna persona que se quería quitar la vida? CONTESTÓ: “Yo desconozco, pero la familia si sabía que él había intentado quitarse la vida”
Cursa INSPECCIÓN Nº 4.110, de fecha 13 de Octubre de 2004, donde funcionarios policiales se trasladaron al área de dormitorio de la Dirección de Investigaciones de la Policía Metropolitana, ubicada en Maripérez, dejándose constancia entre otras cosas de lo siguiente: “…se localiza en Sentido Norte sobre una litera en su parte posterior el cadáver de una persona de sexo masculino, en posición decúbito dorsal, presentando su región cefálica orientada en Sentido Norte, sus extremidades superiores… la derecha semiflexionada con su terminación (Mano) sobre la región pectoral sosteniendo un arma de fuego y orientada en Sentido Este, la izquierda se halla extendida en Sentido Sur, sus extremidades inferiores… ambas extendidas en Sentido Sur;… seguidamente se procede mover el arma de su posición original presentando las siguientes características: Tipo Revólver, calibre .357, marca Smith & Wesson, con su empuñadura elaborada en material sintético de color negro, serial de puente móvil CCN2437, albergando…cinco balas sin percutir y una concha de bala percutada todas del calibre .357,… localizando en el borde inferior de un lockrs el cual se encuentra adyacente a la cama…un orificio producto del paso de un cuerpo de igual o mayor cohesión molecular, extrayendo a su vez del interior del mismo un proyectil blindado con núcleo de plomo deformado,… Este queda registrado… como: HUMBERTO COLMENARES JAIME HENRY,…”
Cursa EXPERTICIA DE ANÁLISIS DE TRAZAS DE DISPAROS (A.T.D.) de fecha 24 de Noviembre de 2004, suscrita por el Detective RUBEN D. VILLAMIZAR P., Técnico Superior en Criminalística, quien entre otras cosas dejó constancia de lo siguiente: “…* En las muestras colectadas en el dorso de ambas manos del occiso: JAIME HENRY HUMBERTO COLMENARES, SE DETECTÓ LA PRESENCIA de Antimonio (Sb), Bario (Ba) y Plomo (Pb). * La presencia de estos tres elementos indica que son residuos producto de la ignición de la cápsula fulminante de cartucho (s) de fuego, y sólo pueden detectarse cuando se efectúa el disparo…”
Cursa LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO, de fecha 13-10-2004, elaborado por el Experto: MOLINA WUILMER, en el dormitorio de la Dirección de Investigaciones de la Policía Metropolitana, ubicado en maripérez.
Cursa ACTA DE LEVANTAMIENTO DEL CADÁVER de fecha 23 de Diciembre de 2004, suscrita por la Médico Forense CARMEN ARMAS y entre otros particulares dejó constancia de lo siguiente: “…rindo experticia del levantamiento practicado al cadáver de: HENRI H. COLMENARES… Falleció el 13/10/04 a las 6:30 A.M. Al examen Exterior del cadáver se apreciaron las siguientes lesiones: UNA (1) HERIDA POR ARMA DE FUEGO CON ORIFICIO DE ENTRADA TEMPORAL DERECHO CON ORIFICIO DE SALIDA TEMPORAL IZQUIERDO. Del reconocimiento Médico y de la autopsia Médico Legal, se llegó a la conclusión que la muerte fue debida a: TRAUMATÍSMO CRANEO ENCEFÁLICO SEVERO POR HERIDA POR ARMA DE FUEGO A LA CABEZA…”
Cursa PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 136-114678, de fecha 29 de Octubre de 2004, suscrito por la Médico Anatomopatólogo Forense YANUACELIS CRUZ y practicado al cadáver de quien en vida respondiere al nombre de: HENRI H. COLMENARES, donde se llegó a la conclusión que la muerte se debió a: “TRAUMATÍSMO CRANEO ENCEFÁLICO SEVERO POR HERIDA POR ARMA DE FUEGO A LA CABEZA”
Cursa EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, HEMATOLÓGICA y QUÍMICA (Nitrato y Nitrito), de fecha 08 de Diciembre de 2004, suscrita por el Detective SEYBRIS C. SILVA D., quien entre otras cosas dejó constancia de lo siguiente: “…El material suministrado consiste en: Prenda de vestir que portaba el occiso de nombre JAIME HENRY HUMBERTO COLMENARES… Con base al Reconocimiento y análisis realizados al material estudiado… se concluye: Las manchas de aspecto pardo rojizo, presente s en la superficie de la pieza recibida, Son de naturaleza hemática y corresponde al grupo sanguíneo “O”.-”
Cursa EXPERTICIA QUÍMICA, de fecha 22 de Diciembre de 2004, suscrita por la Experto ADOLORATA CASIMIRRE, quien entre otras cosas dejó constancia de lo siguiente: “…El material suministrado consiste en: Prenda de vestir que portaba el occiso… En base al Reconocimiento y análisis practicados al material recibido… se concluye: En la superficie de la pieza recibida no se detectó la presencia de los Iones Oxidantes (Nitratos y Nitritos), componentes característico de la deflagración de la pólvora…”
Ahora bien, luego de la revisión de la actas procesales que integran la presente causa se observa que, en primer lugar sería inoficioso efectuar la audiencia a la que se contrae el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el hecho que hoy nos ocupa es de acción pública, ya que quedó demostrado a las actas que ciertamente en fecha 13 de Octubre de 2004, se recibió llamada radiofónica donde informaban del fallecimiento de una persona del sexo masculino, sin aportarse mayores al respecto, resultando ser que el occiso era el ciudadano: HENRY HUMBERTO JAIME COLMENARES y luego de practicar múltiples diligencia se determinó que el mismo momentos antes de ocurrir el hecho se encontraba durmiendo en su dormitorio, y a eso de las cinco de la mañana fue despertado por el Sargento Lara, ya que estaban llegando los Jefes y éste debía darle el parte, momento en el cual el hoy occiso le manifestó ya ya bajaba y unos minutos mas tarde el Sargento Lara fue nuevamente al dormitorio del hoy interfecto, percatándose que el mismo se encontraba sin signos vitales y a consecuencia de herida producida por el paso de un proyectil disparado presumiblemente por arma de fuego a la cabeza. Asimismo se logró determinar que el hoy exánime tenía problemas personales con su ex esposa y que tenía tiempo diciendo que se iba a quitar la vida. Dadas estas circunstancias es más que obvio que el hecho ocurrido no se encuentra subsumido en ningún tipo penal previsto en nuestra legislación como delito, dado que la muerte se produjo por voluntad de la propia víctima, quien decidió quitarse la vida dándose un tiro en la cabeza, tal y como consta al Protocolo de Autopsia, pero no obstante ello y pese a las múltiples diligencias practicadas para determinar la responsabilidad y determinación de posibles autores o participes del hecho acaecido, ninguno de éstos arrojó resultados satisfactorios para fundar criterio suficiente e imputar a persona alguna en el presente caso, en otras palabras, al no existir la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no haber bases sólidas para enjuiciar a persona alguna, ya que del tiempo transcurrido no existe certeza alguna que permitan su determinación ni ningún otro elemento de convicción para arribar a otra decisión, son razones suficientes para que este Tribunal decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada en agravio del ciudadano: HENRY HUMBERTO JAIME COLMENARES, de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que en el hecho que hoy nos ocupa no es típico. Y ASÍ SE DECLARA.
DECISIÓN
Este Tribunal Quincuagésimo de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en agravio del ciudadano: HENRY HUMBERTO JAIME COLMENARES, por adolecer de tipicidad los hechos que dieron origen a la presente averiguación.
Regístrese, diarícese y notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 179 del mencionado Código Orgánico Procesal Penal.
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