REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-000568
PARTE ACTORA: VICTOR LUIS CORDOVA MUJICA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: MINISTERIO PARA LA ECONOMIA POPULAR
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN LUIS SOSA CARRERO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy catorce (14) de agosto de dos mil seis (2006), siendo las 11:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio VICTOR LUIS CORDOVA MUJICA contra MINISTERIO PARA LA ECONOMIA POPULAR; se deja expresa constancia que solo comparecieron el ciudadano JUAN LUIS SOSA CARRERO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada MINISTERIO PARA LA ECONOMIA POPULAR; según se desprende de instrumento poder que consigno en original a los solo efecto videndi, cuya copia se anexa al expediente y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
El Juez

Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
El Secretario
El Presente
Abog. Israel Ortiz Quevedo



“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”