REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de agosto de dos mil seis (2006)
196º y 147º

ASUNTO: AP21-L-2006-002056

Vista la diligencia de fecha nueve (09) de agosto de 2006, presentada por la abogada ADA BENÍTEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del presente procedimiento. Este Tribunal visto que no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA PROCEDIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase
La Juez

Abog. Jhacnini Torres

La Secretaria

Abog. Dayana Díaz



“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”