REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DE LA REGION CAPITAL

En escrito presentado en fecha 18 de noviembre de 2004, por el ciudadano MIGUEL ANGEL ZAMBRANO ARAQUE, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de Identidad N° 3.892.504, debidamente asistido por el abogado JAIME ALFREDO VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.130, interpone recurso contencioso de nulidad en contra del contenido del Memorandum de fecha 18 de agosto de 2004, emanado de la Dirección del Jefe de la División de Mantenimiento Técnico de la Dirección de Mantenimiento Técnico y Servicios Básicos del Ministerio de Educación y Deportes.-

En fecha 13 de diciembre de 2004, comparece el abogado JAIME VARGAS en su carácter de apoderado judicial de Miguel A. Zambrano y consignó diligencia solicitando la admisión del recurso.-

Por auto de fecha 20 de junio de 2005, se admitió la presente querella, se ordenó el emplazamiento del ciudadano Procurador General de la Republica y la notificación del ciudadano Ministro de Educación y Deportes.-

Ahora bien, observa este Tribunal que desde la fecha 20 de junio de 2005 hasta la presente fecha, las partes interesadas no ha realizado ninguna actuación a los fines de la continuación de la causa.

Siendo así, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en consecuencia archívese el expediente sustanciado en sede jurisdiccional.-

PUBLIQUESE, REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los diez (10) días del mes de agosto de dos mil seis (2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
LA JUEZ

Dra. MARIA ELENAMARQUEZ ABREU DE LUGO
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANA GAVIDIA JUAREZ

En esta misma fecha siendo las 3:00 p.m., se registró y publicó la anterior decisión.

LA SECRETARIA



Exp. 4717/delia