REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
196º y 147º

Partes: FERNANDO JOSE CHIQUIN MERECUANA y MARIA DE JESUS RODRIGUEZ CAMPOS, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.303.214 y V-6.104.075, respectivamente.
Abogada Asistente: OLGA RODRIGUES CAMPOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.235
Motivo: Divorcio 185-A.

Se inició el presente procedimiento, mediante escrito presentado en fecha 13 de Julio del 2005, por los ciudadanos, FERNANDO JOSE CHIQUIN MERECUANA y MARIA DE JESUS RODRIGUEZ CAMPOS, arriba identificados, debidamente asistidos por la abogada Olga Rodrigues Campos.
Alegaron los solicitantes en su escrito, que contrajeron matrimonio ante el Juzgado Primero de Parroquia del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de mayo de 1986, estableciendo su domicilio en jurisdicción de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del estado Miranda; que desde hace más de cinco años se encuentran separados de hecho, no compartiendo vida marital en común, ni reconciliación alguna; que de dicha unión procrearon un (1) hijo, que actualmente es mayor de edad, por lo que solicitan el divorcio fundamentado la misma en el artículo 185 “A” del Código Civil.
Consignados los recaudos el Tribunal dictó auto en fecha 23 de noviembre del 2005, en el cual se admitió la solicitud y se ordenó la notificación del Ministerio Público para que manifestara lo que creyera conveniente acerca de la solicitud de Divorcio.
Posteriormente en fecha 18 de mayo del 2006, compareció la abogada Ariadna Cedeño Ramírez, en su carácter de Fiscal 96° del Ministerio Público, quien no realizó objeción sobre la presente solicitud.
En virtud de lo antes expuesto y por cuanto consta de la revisión de las actas procesales que conforman el expediente, que se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 185-A del Código Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: FERNANDO JOSE CHIQUIN MERECUANA y MARIA DE JESUS RODRIGUEZ CAMPOS. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día en fecha 30 de mayo de 1986, ante el Juzgado Primero de Parroquia del Área Metropolitana de Caracas
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas los 11 días del mes de agosto de dos mil seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
La Juez
Dra. María Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
En la misma fecha de hoy, siendo las ocho y treinta y cinco de la mañana (8:35 a.m.) y previo el anuncio de ley, se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria