REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, nueve (09) de agosto del año dos mil seis (2006), siendo las una de la tarde (1:00pm), se Trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada Maria Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Aurimar Flores Madera; del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Carlos Alberto García Guevara, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 16.747; del funcionario de la Policía Metropolitana, Cabo Primero, Asdrúbal Soler, Placa 4364, cedula de Identidad N° 11.195.972; adscrito a los Tribunales Ejecutores de Medidas; en la siguiente dirección: Apartamento distinguido con la letra y numero 2-B, situado en el piso 2 de las Residencias Olga, ubicado en la Avenida Caroni, Urbanización Bello Monte, Parroquia El Recreo, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la Medida de Secuestro, decretada y ordenada por el Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con motivo del juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, sigue Gustavo Adolfo Franceschi, contra la ciudadana Benicia Núñez, expediente N° BNO1-X-2006-000036.- Seguidamente en el lugar supra- identificado en el Tribunal procedió a dar los toque ley; sin ser atendido su llamado por persona alguna.- Acto seguido el Apoderado Actor, expone: “Por cuanto no se encuentra persona alguna dentro del inmueble que permita su acceso, solicito del Tribunal designe cerrajero, para que abra las puertas a los fines de materializar la medida.”- Es todo. Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al Ciudadano: Vincenzo Routolo, Venezolano, mayor de edad, e identificado con la cédula de Identidad N° 6.170.595; quien estado presente en el acto acepto el cargo y presto juramento de Ley; procediendo de segunda a abrir las puertas del inmueble utilizando medios mecánico para ello.- En este estado se hace presente en el acto la ciudadana Benicia Núñez, identificada con la cédula de identidad N° 9.941.583; quien fue notificada de la misión del Tribunal; y manifestó que se comunicaría vía Telefónica con su Abogado de nombre Parra. Así mismo se hizo presente el ciudadano: Iván Ramón Coromoto Esquerre Izaguirre, Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de identidad N° 3.801.034, quien fue notificado de la misión del Tribunal, manifestando ser esposo de la demandada, y ocupar el inmueble con juntamente con ella.- Así mismo la ciudadana Benicia Núñez, manifestó al Tribunal que todo su bienes muebles de su propiedad, procedería a trasladarlo bajo su riesgo y su responsabilidad a la siguientes dirección: Edificio F, Apartamento F-31, piso 2, Conjunto Residencial Capri, Urbanización Valle Arriba.- seguidamente el Tribunal deja constancia que se hizo presente en el acto, el Abogado Edgar Parra Moreno, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 18.386,- acto seguido desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas, el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara Secuestrado el Apartamento distinguido con la letra y numero 2-B, Ubicado en el piso 2, de la Residencias Olga, situado en la Avenida Caroni, Urbanización Bello Monte, Parroquia El Recreo, Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital, y lo coloca en posesión de la Parte Actora, en la persona de su Apoderado, Judicial Abogado Carlos Alberto García Guevara, ante identificado; Depositario del Inmueble designado por el comitente; quien estando presente en el acto acepto el cargo y presto Juramento de Ley; tomando de posesión del Inmueble en nombre de su representado._Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto siendo las 3:30 P.M.- Termino, se leyó y conforme firman.
LA JUEZ TITULAR



DRA. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE



LA DEMANDADA


9.941.583

EL ABOGADO PRESENTE
EL NOTIFICADO


EL FUNCIONARIO P.M.


EL APODERADO ACTOR


LA SECRETARIA EL CERRAJERO



EXP: 1589-06.