REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 11 de Agosto de 2006.-
196° y 147°

DEMANDANTE: SOLANGER MILAGROS OSORIO.
DEMANDADO: CARLOS MANUEL VARELA ARRIETA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº: 9844

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y de la revisión se constató que desde que se admitió la solicitud en fecha 23 de Marzo de 2004 (Folio 04), la parte Solicitante no ha cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado Ciudadano CARLOS MANUEL VARELA ARRIETA, y visto que desde la fecha supra, hasta la presente fecha, han transcurrido más de Treinta (30) días, es por lo que se declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 Ordinal 1º en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.- Y Así se Decide.- Así mismo se dá por terminado el presente juicio, la desincorporación del expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ.
RCP/AH/nmh.-
EXP. N° 9844.