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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 
 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITOY BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
 
 
 
 
 SENTENCIA  DEFINITIVA
 
 EXPEDIENTE N° 06-13349
 
 PARTES: RONDON INOJOSA YOHAKLIS ALIRIO y FALCON LEON FLOR MARIELIS, venezolanos,  mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.516.332y  V-14.060.688 respectivamente.
 
 ABOGADA ASISTENTE: MARIELY MELANY DIAZ GUEVARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.203
 
 MOTIVO: DIVORCIO 185-A.
 -	I –
 
 En fecha 03 de Julio de 2006, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos RONDON INOJOSA YOHAKLIS ALIRIO y FALCON LEON FLOR MARIELIS, venezolanos,  mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.516.332y  V-14.060.688 respectivamente, asistidos por la Abogada MARIELY MELANY DIAZ GUEVARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.203,  y solicitaron el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando  que desde  hace más de Cinco (05) años se encuentran separados  y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. En dicha unión matrimonial no procrearon hijo alguno y ni adquirieron  Bienes.
 
 Admitida la solicitud en fecha 04 de Julio de 2006 y debidamente Notificado el Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien no hizo objeción alguna al Divorcio solicitado.
 
 En fecha 11 de Julio de 2006, la Alguacil Titular de este Tribunal consignó Boleta de Notificación debidamente firmada  y sellada por el Fiscal Superior del  Ministerio Publico de este Circunscripción Judicial.
 
 De la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil,  sin que hubiera existido entre los ciudadanos RONDON INOJOSA YOHAKLIS ALIRIO y FALCON LEON FLOR MARIELIS, reconciliación alguna resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado y Así se decide.
 
 
 
 
 
 - I I -
 D I S P O S I T I V O
 
 Por las razones anteriormente expuestas este  Juzgado  de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara  CON  LUGAR, la solicitud de Divorcio 185 – A   del Código Civil presentada por los ciudadanos RONDON INOJOSA YOHAKLIS ALIRIO y FALCON LEON FLOR MARIELIS, venezolanos,  mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-14.516.332y  V-14.060.688 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha  16 de Noviembre de 1998, quedando registrado  bajo el  Nº 118, de los Libros de Registro Civil respectivos, correspondiente del año 1976
 
 
 Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribunal.
 
 PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
 
 Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua,  03 de Agosto de 2006. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
 EL JUEZ
 
 
 Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
 
 EL SECRETARIO
 
 
 Abg. CAMILO CHACON HERRERA
 
 En esta misma fecha, siendo las 9:22 am. se publicó y registró la anterior Sentencia.
 
 EL SECRETARIO
 
 
 
 
 EXPTE 06-13349
 EPT/cchh/seig*
 
 
 
 
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