PARTE ACTORA JORGE ELIEZER RANGEL CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.520.766, de este domicilio
ABOGADO ASISTENTE CAMILO ANTONIO GARBAN POCAY., inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 113.258
MOTIVO RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO (SUMARIA)
Vista la anterior demanda constante de dos folios útiles y sus anexos respectivos, por medio de la cual el ciudadano JORGE ELIEZER RANGEL CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.520.766, de este domicilio debidamente asistido por el abogado en ejercicio CAMILO ANTONIO GARBAN POCAY., inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 113.258; basado en las pruebas que acompaña, pide sea declarada la rectificación sumaria de su Partida de Nacimiento, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante el Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, con sede en La Victoria bajo el N° 1172 de fecha 06 de Agosto de 1.974.-Por cuanto están llenos los extremos del articulo 773 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal acuerda sumariamente lo solicitado y en consecuencia la referida Partida de Nacimiento queda
rectificada así: Donde dice:”...RAMÓN RANGEL ...”.debe decir: “...RAMÓN RANGEL,..............titular de la cédula de identidad N° 5.389.287.....................”-Y más adelante donde dice:”...GLADYS YSABEL CÁRDENAS de RANGEL...”, debe decir:......GLADYS YSABEL CÁRDENAS de RANGEL...............titular de la cédula de identidad N° 3.313.240........--...”.-
Ofíciese lo conducente a los funcionarios que señala el artículo 502 del Código Civil.-
LA JUEZA TEMPORAL
DRA. LICET LÓPEZ
LA SECRETARIA
NANCY MOLINA
LL/NM/ea/EXP N° 20.729
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