REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Maracay, 03 de Agosto del 2006.
196° y 147°
Vista la anterior solicitud y demás recaudos que se le anexan, presentado por la ciudadana: MARIA LISSETTE ROMAO BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.678.513 y de este domicilio; asistida por la abogada en ejercicio LESBIA CORREA Defensor Publico N° 06 adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Estado Aragua, en la cual solicita al tribunal autorización para que su hija, la adolescente: NAILET CATHERINE de diecisiete (17) de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 18.977.904, pueda viajar a Santiago de Cuba-Cuba a participar en una gira de preparación de Voleibol entre los días 04-08-2006 hasta el 30-08-06 aproximadamente, bajo la responsabilidad del entrenador, ciudadano: TOMAS FERNÁNDEZ, Director Técnico de la selección Nacional, viajando en la línea Aérea Cubana de Aviación, ya que la mencionada adolescente pertenece a la Federación Venezolana de Voleibol femenino, se admite en cuanto ha lugar en derecho y désele el curso legal correspondiente. En consecuencia, líbrese autorización de viaje. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL

DRA. SOL VEGAS DE SCARPATI
LA SECRETARIA

ABOG. MARIA ELENA DIAZ

EXP Nº A-2535
SVDES/MED/beatriz