En horas del despacho del día de hoy, 02 de Agosto de 2006, siendo las 08:50 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Santiago Mariño, Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, integrado por la Dra. Migdalys Agraz Silva, en su carácter de Juez Ejecutora de Medidas y el Dr. José Girón, en su carácter de Secretario, en compañía de la ciudadana Abogada MILDRED MARGARITA ANSART, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.548, quien actúa en su propio nombre, en la siguiente dirección: Calle Peatón cruce con calle Urdaneta, sede de Banesco, Banco Universal, Agencia Turmero, Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, a fin de practicar medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el procedimiento de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoado por la ciudadana Abogada MILDRED MARGARITA ANSART, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.548, en contra de la Sociedad Mercantil PRODUCCIONES E INVERSIONES AVICOLA PROINVISA, S.A., según expediente N° 38334. Presentes en la referida dirección, la Juez Ejecutora de Medidas efectuó el llamado de Ley, siendo atendida por un ciudadano que se identificó como José E. Vásquez, titular de la cédula de identidad N° V-6.387.733, quien se identificó como gerente de la referida agencia bancaria, quien fue notificado de la práctica de la medida, permitiéndole la lectura del referido despacho de comisión.En este estado, la Juez, por solicitud de la parte actora, requirió del gerente notificado la verificación de existencia de fondos en la cuenta N° 1353019968, a nombre de la Empresa demandada. Acto seguido, el referido gerente procedió a verificar la información en el sistema computarizado, resultando que efectivamente la cuenta bancaria indicada posee fondos suficientes para cubrir el monto de la medida decretada. En este estado, el Tribunal ordenó al gerente bancario el bloqueo de la suma de Bs. 22.495.000,oo, así como la elaboración del cheque correspondiente a los efectos del respectivo embargo. En este estado, la parte ejecutante, señaló la cuenta indicada para que sea embargado la suma de Bs. 22.495.000,oo. Acto seguido, el Tribunal, visto el señalamiento de la parte actora, procedió a declarar ejecutivamente embargada la suma de Veintidós Millones Cuatrocientos Noventa y Cinco Mil Bolívares (Bs. 22.495.000), contenida en la cuenta N° 1353019968, a nombre de Producciones e Inversiones Avícola Proinvisa, S.A., monto este contenido en el cheque de gerencia N° 45204741, de esta misma fecha, librado a favor del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. Cumplida como fue la comisión conferida de conformidad con lo establecido en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la remisión de las actuaciones al Juzgado de la Causa y el regreso a la sede del Juzgado Ejecutor siendo las 11:40 de la mañana. Se acordó la expedición de copias de la presente acta y despacho a solicitud del gerente notificado. Terminó, se leyó y conformes firman;
La Juez Ejecutora de Medidas,
Dra. Migdalys Agraz Silva
El Gerente notificado,
José E. Vásquez.
La Abogada Ejecutante,
Dra. Mildred Ansart.
El Secretario
Dr. José Girón.
Exp. 048/06
MAS/JG/re
La Juez Ejecutora de Medidas
Dra. Migdalys Agraz Silva
El Apoderado Actor,
El Depositario Judicial, Dr. Luis Buaiz.
Gustavo Fischer. Los Notificados,
El Práctico Avaluador, Argenis Seijas.
Tomas Alvarado. Cesar Characo.
El Secretario
Dr. José Girón.
Exp. 011/06
MAS/JG/re
La Juez Ejecutora de Medidas
Dra. Migdalys Agraz Silva
El Apoderado Actor,
El Depositario Judicial, Dr. Luis Buaiz.
Gustavo Fischer. Los Notificados,
El Práctico Avaluador, Argenis Seijas.
Tomas Alvarado. Cesar Characo.
El Secretario
Dr. José Girón.
Exp. 048/06
MAS/JG/re.-
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