REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE JUICIO, LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO (PRIMERO EN FUNCIÓN DE JUICIO) SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE.
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
CAUSA N°: 1 M.A 265 / 06.-
LA JUEZ : ABOG. JUDITH SAN MARTÍN.-
ADOLESCENTE: xxxxxxxxxxxxxxxxx
DEFENSOR PUBLICO : ABOG. CARLOS HERNANDEZ
SECRETARIA: ABOG. YOCSA SIGURANI
En el día de hoy, LUNES 14 de agosto de 2006, siendo las nueve y treinta (09.30), horas de la mañana, previo traslado del ciudadano acusado xxxxxxxxxxxxxx, del Centro de Atención al detenido (Alayón), estando presente el defensor publico Abg. CARLOS HERNÁNDEZ, la Juez le explica al imputado los motivos de su comparecencia por ante el Tribunal, a los fines de que solicite su conformidad de ser juzgado por un Tribunal Unipersonal, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, donde se establece que el acusado podrá ser juzgado según su elección por un Tribunal Unipersonal en lugar de un Tribunal Mixto, como correspondería, por cuanto la sanción solicitada por parte del Ministerio Público es de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en correspondencia con doctrina de carácter vinculante, emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 23 de diciembre de 2003 y 16 de noviembre de 2004, por medio del cual se establece que el Tribunal puede constituir el Tribunal unipersonal cuando no se haya podido constituir el Tribunal Mixto luego de la inasistencia a la audiencia, en dos oportunidades de los candidatos a escabinos, en tal sentido el adolescente acusado xxxxxxxxxxxxxxxxx, expone: “Solcito la constitución del Tribunal Unipersonal Es Todo”. De seguido se le concede la palabra a la defensa Abg. CARLOS HERNÁNDEZ, quien expone: Ratifico la solicitud de la Constitución del Tribunal Unipersonal a los fines del juzgamiento de mi defendido en la presente causa Es todo.” Este Tribunal Primero de Juicio, luego de escuchar al acusado y su defensor, así como, vista la solicitud de la defensa del acusado xxxxxxxxxxxxxxxxx, que riela en el folio 20, por medio del cual solicita la constitución del Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PUNTO UNICO: Constituir en la presente causa, la constitución del Tribunal UNIPERSONAL, a los fines de que se celebre el juicio oral y privado en la causa seguida a los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN SU MODALIDAD DE OCULTAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN. Se fija el juicio oral y privado para el día miércoles 20 de septiembre del año en curso a las 10 a.m. Notifíquese a las partes y todas aquellas personas que has sido promovidas por la Defensa y el Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. JUDITH SAN MARTÍN.-
EL IMPUTADO
LA DEFENSA
LA SECRETARIA
ABOG. YOCSA SIGURANI
CAUSA Nº 1.MA 265-06