En el día hábil de hoy Lunes, 7 de Agosto del dos mil seis (2006), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos supra identificados. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energías y de recursos, evitando un proceso prolongado. Las partes de común acuerdo manifiestan que desean dar por terminado el presente asunto haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos, mediando la presente causa en la cantidad de QUINCE MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.15.500.000,00), monto este que el empleador paga cheque el día miércoles 9 del presente y año a las 3 de la tarde por ante este Tribunal a favor del ciudadano actor; dicho monto es el resultado de la revisión de la pretensión por lo que el trabajador acepta el monto, no teniendo nada que reclamar por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales, específicamente antigüedad artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, diferencia de vacaciones año 2003, 2004 y vacaciones 2005, intereses sobre prestaciones, indemnización sustitutiva artículo 125 (antigüedad y preaviso), salarios caídos, bono alimentario y pautas publicitarias.
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