REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DE LOS TRIBUNALES DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA - SEDE LA VICTORIA

La Victoria, veinte (20) de diciembre de 2006.

147º Y 196º

Vistas las actuaciones insertas a los autos y por cuanto se evidencia que en fecha primero (01) de noviembre de Dos Mil seis (2006), el Juzgado TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON COMPETENCIA EN TRANSICIÓN Y NUEVO RÉGIMEN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA (HOY SUPRIMIDO) dictó sentencia, en el cual declara Sin Lugar la Calificación de Despido, y vencidos los lapsos establecidos por la ley para que las partes ejercieran sus recursos pertinentes, encontrándose la misma definitivamente firme, es por lo que este Tribunal SEGUNDO DE JUICIO en uso de sus atribuciones