REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis de diciembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : AC22-R-2005-000901
PARTE ACTORA: ALFREDO SANCHEZ, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 3.231.496.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: TOYN VILLAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.939.

PARTE DEMANDADA: COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), sociedad mercantil, de este domicilio, constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el día 20 de junio de 1930, bajo el N° 387, cuya última reforma estatutaria quedó inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 14 de diciembre de 2001, bajo el N° 11, Tomo 240-A-Pro.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FABIOLA LIANZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 117.105.


Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones en virtud de la apelación interpuesta por la parte actora contra la sentencia de fecha 01 de abril de 2005, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Una vez celebrada la audiencia oral correspondiente, pasa este Tribunal Superior a reproducir y a publicar en su integridad la decisión dictada en esa misma fecha, en los siguientes términos:

Como quiera que en fecha 29 de noviembre de 2006, tuvo lugar la audiencia oral en el presente juicio, en la cual se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante. Este Juzgador, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistida la apelación, en consecuencia, ordena la remisión del expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, correspondiente, quedando firme la sentencia de primera instancia de fecha 01 de abril de 2005 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Régimen procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se establece.

DISPOSITIVO

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación intentado por el apoderado judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 01 de abril de 2005 dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio intentado por el ciudadano Alfredo Sánchez contra Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) C.A., todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia queda firme la decisión dictada por el A-quo antes señalada y se ordena la remisión del expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, correspondiente. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los seis (06) días de diciembre de dos mil seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.


EL JUEZ

MARCIAL MUNDARAY SILVA

LA SECRETARIA

Abg. EVA COTES MERCADO

NOTA: En esta fecha, se consignó, publicó y diarizó la presente decisión.



LA SECRETARIA

Abg. EVA COTES MERCADO







MMS/ECM/yaa