TRIBUNAL CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, cinco (05) de diciembre de dos mil seis (2006)
196° y 147°
ASUNTO: AP21-R-2006-001198

Vista la diligencia de fecha 05 de diciembre de 2006, mediante la cual la abogada Ely Mendoza, autorizada por las partes, consigna escrito contentivo de transacción, suscrito en fecha 01 de diciembre de 2006 por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Sucre del Estado Miranda, por el abogado Oscar Specht Sánchez, procediendo con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Reynaldo Marquez, por una parte, y por la otra la abogada Ana Rita Joaquin Da Costa, actuando en representación de la empresa El Pollo Gigante, C.A., -facultados para la presente actuación-, este juzgado observa:

De la revisión a la transacción suscrita por las partes se observa que las recíprocas concesiones indicadas cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, por lo que se imparte la HOMOLOGACIÓN a la presente transacción.

Por cuanto la transacción involucra pagos parciales, el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deberá mantener el expediente, en el entendido de que no se podrá ordenar el cierre y archivo del presente expediente hasta tanto las partes, en la fecha indicada en el acuerdo, consignen por ante la URDD la demostración o manifestación del pago acordado, a los fines legales consiguientes. En razón a lo expuesto no habrá lugar a la audiencia oral fijada para el día seis (06) de diciembre de 2006 a las 09:00 a.m.
EL JUEZ

JUAN GARCÍA VARA
EL SECRETARIO

OSCAR ROJAS
2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”