REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2006-003269
PARTE ACTORA: JUAN LEOBALDO AMUNDARAIN CENTENO APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: no compareció
PARTE DEMANDADA: CENINCA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy ocho (08) de diciembre de dos mil seis, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada la abogada MARIA SEGNINI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 82.620, según se evidencia en instrumento poder constante de tres (03) folios útiles; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.


La Juez

El Secretario

Abog. Geraldine Eugenne Louis Nuñez

Dioni R. Morale



Apoderada judicial de la parte demandada






“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”