REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, veintiuno (21) de diciembre del año dos mil seis (2.006)
196º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2006-08143

Vista el acta que antecede suscrita en fecha 14 de diciembre de 2006 por los ciudadanos (...9, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº (...9, respectivamente, en el presente procedimiento de fijación de obligación alimentaria interpuesto por la primera, mediante la cual convienen en la fijación de la obligación alimentaria a favor de la niña (...) este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, Sala de Juicio Nº Dos (02), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta en los mismos términos expuestos, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente asunto.
La Juez Suplente Especial,

Dra. Fanny Plaza Martínez.


El Secretario,


Abg. Carlos Andrés Fonseca.
ASUNTO: AP51-V-2006-018143
FPM/CAF
Motivo: Obligación Alimentaria