REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 21 de diciembre de 2006
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 14 de diciembre de 2006, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana GLORIA GUEVARA, en su carácter de Fiscal 110° del Ministerio Público, mediante el cual remite convenio de Cumplimiento de Obligación Alimentaria celebrado entre los ciudadanos JACKSON JOSE APURE RIVERA y CARMEN AMIGDA NIEVES RODRIGUEZ, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V.10.284.504y V.10.511.974, respectivamente, en beneficio de la niña (....), de dos (02) años de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 12 de diciembre de 2006, lo relativo a la Obligación Alimentaria, de la niña antes mencionada.
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