BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 05 de diciembre de 2006.
Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.



Por recibida, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 23 de noviembre de 2006, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana JULY ALARCON, en su carácter de Defensora del Niño, Niña y Adolescente N° 085 de la Fundación de Acción Social de la Alcaldía de Caracas, en el cual remite convenio de Régimen de Visitas celebrado por los ciudadanos MANUEL EFRAIN GONZALEZ CAZORLA y CARMEN EVANGELISTA SIERRA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 8.447.649 y 8.563.915, respectivamente, en beneficio de los adolescentes (...), de doce (12), catorce (14) y cuatro (04) años de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 15 de noviembre de 2006, lo relativo a la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, de los adolescentes y la niña antes mencionados.