REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 06 de diciembre de 2006.
196° y 147°
SE ABRE CUADERNO DE MEDIDAS

Tal y como fue ordenado en el auto de admisión proferido en esta misma fecha en el Cuaderno Principal de este expediente, se abre el presente Cuaderno de Medidas en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, siguen los abogados ALFREDO E. VITALE y VERÓNICA VITALE, inscritos en el Inpreabogado bajo los nros. 11.496 y 64.943 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de C.A. CENTRAL BANCO UNIVERSAL, contra el ciudadano LUIS RAMÓN KEY, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 7.924.247. Ahora bien, llenos como se encuentran los extremos exigidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, se Decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un bien inmueble construido sobre una parcela distinguida con el nº 95, situado en la Urbanización Residencial Vista Linda, Conjunto Residencial María Magdalena, jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas, Charallave del Estado Miranda, que es propiedad del demandado, según consta en documento protocolizado ante el Registro Público de los Municipios Rafael Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda, en fecha 7 de diciembre de 2001, bajo el nº 9, folio 59 tomo 13, protocolo Primero, a los fines que estampe la correspondiente nota marginal.-
EL JUEZ,


HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,


LISETTE GARCIA GANDICA

En esta misma fecha se libro oficio Nº _____________________.-
LA SECRETARIA,


HJAS/Lgg/gabby.-
EXP N°: 2006-13291